Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210701-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

151
Madrid número 32. Procedimiento 529/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN.

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 529/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN JOSÉ LUNA SANZ frente a LA ORIGINAL CHURRERIA, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado AUTO con fecha 10/06/2021 de ACLARACIÓN de la Sentencia 151/2021 dictada el día 02/06/2021 en los referidos autos, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda ACLARAR la sentencia número nº nº 151/2021 de fecha 2.06.2021 dictada en el presente procedimiento rectificando el error material expresado, en el sentido que a continuación se dice:

En el encabezamiento de la sentencia donde dice.

Vistos por la Ilma. Sra. Dª MARIA FATIMA BEARDO OLIVARES, Magistrada adscrita como refuerzo del Juzgado de lo Social nº 32 de esta capital, los presentes autos seguidos por Despido y Cantidad, entre DON JOSE MANUEL LUNA SANZ con DNI ****3123G, bajo la dirección de la Letrada doña Sonia Gómez Carballo; frente a la entidad LA ORIGINAL CHURRERIA, S.L., que no comparecen pese a constar citada en forma y FONDO DE GARANTIA SALARIAL, representado y asistido por la Letrada doña Maria Aranzazu Jimenez Iglesias.

Debe decir.

Vistos por la Ilma. Sra. Dª MARIA FATIMA BEARDO OLIVARES, Magistrada adscrita como refuerzo del Juzgado de lo Social nº 32 de esta capital, los presentes autos seguidos por Despido y Cantidad, entre DON JOSE MANUEL LUNA SANZ con DNI ****5647N, bajo la dirección de la Letrada doña Sonia Gómez Carballo; frente a la entidad LA ORIGINAL CHURRERIA, S.L., que no comparecen pese a constar citada en forma y FONDO DE GARANTIA SALARIAL, representado y asistido por la Letrada doña Maria Aranzazu Jimenez Iglesias.

Incorpórese esta resolución al libro de Sentencias/Autos y llévese testimonio a los autos.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este Auto.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LA ORIGINAL CHURRERIA, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de junio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.

(03/20.897/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210701-151