Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
02-07-2021

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210702-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINILLA DEL VALLE

OTROS ANUNCIOS

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Pinilla del Valle. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

Vista la comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por el que se informa que el mandato del juez de paz titular de Pinilla del Valle finaliza el 15 de noviembre de 2021, de conformidad los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, corresponde al Pleno del Ayuntamiento la elección de las personas para su nombramiento.

Por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2021, se acordó incoar el correspondiente procedimiento de elección de Juez titular de Pinilla del Valle, y para ello, disponer la apertura de un período de quince días hábiles para la presentación de candidaturas a juez de paz titular, a contar desde el día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes se presentarán por escrito en el Registro del Ayuntamiento, o mediante sede electrónica, de conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como los requisitos y documentación a aportar.

En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio.

Pinilla del Valle, a 10 de junio de 2021.—La alcaldesa-presidenta, María del Mar Fernández García.

(03/21.665/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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