Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
08-07-2021

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210708-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada

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Fuenlabrada. Régimen económico. Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Padrones fiscales

Con fecha 6 de julio de 2021, por la Gerencia de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se han dictado resoluciones de aprobación de los padrones de las tasas de recogida de residuos sólidos urbanos y por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con mercadillos-rastrillos, quioscos y cajeros y padrón del impuesto de actividades económicas del ejercicio 2021.

Se pone en conocimiento de los respectivos obligados al pago que los padrones estarán expuestos al público en la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, sita en plaza de la Constitución, número 1, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del siguiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlos.

Se podrá interponer recurso de reposición potestativo, previo la reclamación económico-administrativa ante la directora gerente de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso administrativo ante el Tribunal Económico Administrativo de Fuenlabrada, en ambos casos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la finalización del período de cobro en voluntaria.

Fuenlabrada, a 7 de julio de 2021.—La directora-gerente de la O. T. A. F., Alicia García Núñez.

(01/23.148/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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