Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
09-07-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210709-118

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

118
Madrid número 16. Procedimiento 157/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Raquel Paz García de Mateos, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 157/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Manjón Vega, frente a Fondo de Garantía Salarial y Deposito Dental J&M Asociado S. L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 195 de 2021

Madrid, a 10 de junio de 2021.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Victoria Muñoz González, magistrada adscrita como refuerzo del Juzgado de lo social número 16 de esta capital, los presentes autos seguidos por despido, entre doña María Manjón Vega, asistida del letrado don David Ayuso Bartolomé, frente a la entidad Depósito Dental J&M Asociado, S. L., que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, representada y asistida por la letrada doña Silvia Morcillo Castillo, sobre los siguientes

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda de despido formulada por doña María Manjón Vega, contra Depósito Dental J&M Asociado, S. L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado por la empresa con efectos de 4 de diciembre de 2020, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por la presente declaración y a que, dada la opción ejercitada por el Fondo de Garantía Salarial, abone al trabajador en concepto de indemnización la cantidad de 3.360,14 euros.

Se declara asimismo la extinción de la relación laboral con fecha de efectos de 4 de diciembre de 2020.

Condeno a Depósito Dental J&M Asociado, S. L., a abonar a doña María Manjón Vega la cantidad de 1.025,60 euros, que devengará el 10 por 100 de interés por mora respecto a los conceptos salariales reclamados.

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.

Notificase la presente resolución a las partes. Se advierte a la partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar, al tiempo de interponerlo, haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, con número 2514-0000-61-0157-21, del Banco Santander, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar, al tiempo de anunciarlo, haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista. Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. En el campo “ordenante” se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y, si es posible, el NIF/CIF de la misma. En el campo “beneficiario” se identificará al Juzgado o Tribunal que ordena el ingreso. En el campo “observaciones o concepto de la transferencia” se consignarán los dieciséis dígitos que corresponden al procedimiento 2514-0000-61-0157-21.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Deposito Dental J&M Asociado, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 10 de junio de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/21.283/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210709-118