Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
14-07-2021

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210714-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

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ADENDA de 16 de junio de 2021, de prórroga del convenio de colaboración de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la Embajada de Rumanía para la autorización de uso de aulas en centros educativos de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 16 de junio de 2021

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique Ossorio Crespo, Consejero de Educación y Juventud, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 63/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Educación y Juventud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 197, de 20 de agosto), y conforme a la atribución de competencias que le otorga el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, y los artículos 1 y 2 del Decreto 288/2019, de 12 noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud y demás disposiciones aplicables.

De otra parte, en representación de la Embajada de Rumanía en España, la Excma. Sra. Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Rumanía ante el Reino de España, D.a Gabriela Dancau, propuesta por Decreto número 583, de 9 de junio de 2016, publicado en el Boletín Oficial de Rumanía número 435/5.06.2016.

Ambas partes se reconocen la competencia legal necesaria para formalizar la presente adenda de prórroga y, en su virtud,

EXPONEN

Primero

Que con fecha 14 de julio de 2017, ambas partes formalizan un convenio de colaboración que tiene por objeto la autorización para el uso temporal de las aulas en centros educativos en la Comunidad de Madrid a la Embajada de Rumanía, para la realización de un curso de lengua, cultura y civilización rumana.

Segundo

Que, hasta la fecha, se han cumplido los objetivos propuestos en la firma del convenio.

Tercero

Que según se establece en la cláusula séptima del convenio de colaboración, la vigencia del mismo es de cuatro años y se extenderá desde el día 1 de septiembre de 2017 hasta el día 31 de agosto de 2021. No obstante, en cualquier momento, antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción, según se recoge en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto

Que ambas partes expresan su voluntad de continuar desarrollando una actuación conjunta en el ámbito expresado y acuerdan suscribir una adenda de prórroga, que se regirá por las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula séptima del convenio de colaboración para la autorización de uso de aulas en centros educativos de la Comunidad de Madrid firmado entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Juventud y Deporte —actualmente Consejería de Educación y Juventud—) y la Embajada de Rumanía en España, ambas partes acuerdan la prórroga del convenio de colaboración por cuatro años adicionales, extendiéndose su vigencia desde el día 1 de septiembre de 2021 hasta el día 31 de agosto de 2025.

Segunda

Se mantienen en vigor los términos y cláusulas del convenio de colaboración suscrito con fecha 14 de julio de 2017 entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Juventud y Deporte —actualmente Consejería de Educación y Juventud—) y la Embajada de Rumanía en España para la autorización de uso de aulas en centros educativos de la Comunidad de Madrid.

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben la presente adenda de prórroga del convenio de colaboración, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 16 de junio de 2021.—Por la Comunidad de Madrid: el Consejero de Educación y Juventud en funciones, Enrique Ossorio Crespo.—Por la Embajada de Rumanía: la Embajadora, Gabriela Dancau.

(03/22.878/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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