Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2021

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210719-14

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

14
ORDEN 633/2021, de 2 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1425/2020, de 20 de noviembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo para 2021.

Mediante la Orden 1425/2020, de 20 de noviembre, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para 2021 de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 4.bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con el artículo 25.1 de la Ley 10/2019, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, dicho Plan se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 10 de diciembre de 2020.

Con fecha 5 de marzo, se publicó en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la Orden 140/2021, de 11 de febrero, que modifica la Orden 1425/2020, de 20 de noviembre, al objeto de concretar los términos en ella previstos.

Asimismo, y con el fin de adecuar las necesidades de la ejecución presupuestaria del presente ejercicio a lo establecido en el plan estratégico inicial, se precisa modificar la mencionada Orden 1425/2020, de 20 de noviembre, con la redacción dada por la Orden 140/2021, de 11 de febrero, al objeto de ampliar el apoyo al conjunto de sectores culturales de la Comunidad de Madrid mediante la previsión de nuevas convocatorias y subvenciones de concesión directa a entidades culturales teniendo en cuenta, en relación a esto último, que en lo que respecta al presente ejercicio 2021, el artículo 3.c) del Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021, determina que “los créditos que amparan subvenciones nominativas no mantendrán tal condición”.

Por lo tanto, se ha optado por conceder subvenciones directas, en los términos establecidos en los artículos 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el art. 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

La previsión de nuevas convocatorias incluye, asimismo, ayudas que si bien se van a adjudicar en el año 2021, la ejecución del proyecto cultural que deben desarrollar los beneficiarios se prolongará a 2022. Ello tiene por objeto consolidar a entidades, empresas y actores culturales que realizan su actividad en nuestra Comunidad adecuando los plazos que necesitan los proyectos culturales para lograr su exhibición pública con las máximas garantías de calidad, a su necesidad de financiación.

Por todo ello, a propuesta del Director General de Promoción Cultural y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Artículo único

Modificar la Orden 1425/2020, de 20 de noviembre, modificada por la Orden 140/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo para el fomento de las artes escénicas, musicales y cinematográficas, así como para museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa en el ejercicio 2021, en los términos que se concretan a continuación:

Uno.—Modificar la cláusula que establece el “Dispongo” de la orden, con el siguiente tenor:

“Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para el fomento de las artes escénicas (teatro, danza, circo), musicales, cinematográficas y de videojuegos, así como para museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa en el ejercicio 2021, en los términos que se concretan a continuación”.

Dos.—Modificar el apartado “Objetivos estratégicos”, con el siguiente tenor:

“Según el artículo 12.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, los objetivos estratégicos, que describen el efecto que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del plan, han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios. En este sentido la Dirección General de Promoción Cultural ha previsto los objetivos que se relacionan a continuación:

En materia de museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa:

1. Impulso de los museos y colecciones de la Comunidad de Madrid.

2. Promoción del arte emergente a través de convocatorias de circuitos de artes plásticas y becas de residencia en el extranjero para jóvenes artistas y comisarios.

3. Impulso a la creación artística de la región mediante convocatorias anuales.

4. Descentralización de las actividades en materia de artes visuales en colaboración con entidades sin ánimo de lucro en la Comunidad de Madrid.

5. Fomento de la realización de grandes proyectos expositivos que potencien el acceso de los ciudadanos y turistas a una oferta expositiva de calidad equiparable a otras capitales europeas.

6. Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y el acercamiento a los ciudadanos.

7. Afianzar la actividad expositiva de diversos museos de titularidad pública, para el uso y disfrute de los ciudadanos.

En materia de promoción y difusión cultural relativa a las artes escénicas (teatro, danza, circo), musicales, cinematográficas y audiovisuales y del videojuego:

1. Promocionar a la Comunidad de Madrid como centro de irradiación cultural.

2. Dinamizar el tejido empresarial madrileño en el ámbito de las artes escénicas, musicales, cinematográficas y audiovisuales, así como del videojuego.

3. Descentralizar las actividades en materia de artes escénicas, musicales cinematográficas y audiovisuales en colaboración con los municipios y entidades sin ánimo de lucro en la Comunidad de Madrid.

4. Apoyar a las entidades especialmente relevantes para la cultura madrileña en el campo de la promoción cultural en el ámbito del teatro, la danza, la música, la cinematografía y el audiovisual, por medio de subvenciones de concesión directa.

5. Fomentar la creación contemporánea y apoyar los nuevos talentos.

6. Captar nuevos públicos para las artes escénicas, la danza y la música.

Estos objetivos se materializarán, por un lado, mediante el apoyo a las entidades culturales emblemáticas y museos de la Comunidad de Madrid, por subvenciones de concesión directa en los términos previstos en la normativa vigente, y, por otro, mediante el apoyo a la actividad cultural que realizan ayuntamientos, entidades sin ánimo de lucro, empresas productoras en el sector cultural, así como artistas y creadores a través de las correspondientes convocatorias públicas que se encuentren en vigor en 2021, en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

La Dirección General de Promoción Cultural pretende conseguir los siguientes efectos:

1. Promocionar la creación y producción madrileña en sus diferentes vertientes, tanto nacional como internacionalmente.

2. Presentar, difundir y promocionar la cultura tradicional de nuestra región.

3. Incrementar la audiencia de las actividades culturales que tienen lugar en nuestra región.

4. Captar nuevos públicos para las artes escénicas, la música, y las artes audiovisuales y cinematográficas.

5. Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y su acercamiento a los ciudadanos.

6. Apoyar a los artistas residentes en la región en la realización de proyectos originales de creación, con la finalidad de dar a conocer su obra y reconocer el trabajo desarrollado, así como favorecer la formación, la movilidad y los contactos internacionales de los artistas y comisarios.

En cumplimiento de dichas atribuciones y al objeto de proteger, fomentar y promocionar dichas actividades, la Dirección General de Promoción Cultural, establecerá las líneas de subvención que a continuación se desarrollan, en sus dos ámbitos competenciales:

— Bellas Artes: museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa.

— Promoción Cultural: artes escénicas, circenses, musicales, cinematográficas y audiovisuales, y videojuegos”.

Tres.—Modificar el apartado II “Previsión presupuestaria y plazo de ejecución”, relativo al programa 333A, con el siguiente tenor:

“II. Previsión presupuestaria, plazo de adjudicación y de ejecución.

La Dirección General de Promoción Cultural financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo al crédito de las partidas que integran los capítulos IV y VII del programa 333A (Museos y Exposiciones) por un importe máximo de 1.329.229 euros, correspondiente a la suma de las distintas líneas de subvención que se adjudicarán y ejecutarán a lo largo del año 2021”.

Cuatro.—Modificar el apartado “III. Líneas de subvención de museos, exposiciones y artes visuales y moda como disciplina creativa”, con el siguiente tenor:

“Las acciones a subvencionar y la previsión inicial de costes son las siguientes:

1) Circuitos de Artes plásticas de la Comunidad de Madrid (XXXII Edición): importe máximo 30.000 euros con cargo a la partida 48399. La finalidad de las ayudas es promover la creatividad de jóvenes artistas y propiciar su acceso a la vida profesional mediante la creación de una obra y su presentación en una exposición colectiva.

2) Becas de residencia en el extranjero para jóvenes artistas y comisarios del ámbito de las artes visuales: importe máximo 30.000 euros con cargo a la partida 48399. Su finalidad es potenciar la formación de los creadores y agentes culturales madrileños, fomentar el diálogo y el debate con otros agentes en el país de residencia y difundir el panorama creativo actual en torno a las artes visuales.

3) Ayudas a personas físicas para la creación de artes visuales, por un importe máximo de 300.000 euros con cargo a la partida 48399. Su finalidad es fomentar el desarrollo de proyectos de creación en el ámbito de las artes visuales para apoyar a los creadores madrileños o residentes en Madrid y contribuir a la consolidación y proyección de su carrera.

4) Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, se justifica por ser ambas entidades un medio de participación de los ciudadanos en actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, por un importe máximo de 100.000 euros, que se imputará a la partida 48099”.

Cinco.—Incluir en el apartado IV “Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo relativo al capítulo IV del programa 333A (Museos y exposiciones)”, la siguiente subvención de concesión directa:

“— Fundación Contemporánea: 55.000 euros para las acciones relacionadas con artes visuales, con cargo a la partida 48151”.

Seis.—Modificar el título y el apartado I de las subvenciones en materia de artes cinematográficas y audiovisuales y del video con el siguiente tenor:

“Subvenciones en materia de artes escénicas, musicales, cinematográficas, audiovisuales y de videojuego

I. Previsión presupuestaria, plazo de adjudicación y de ejecución.

La Dirección General de Promoción Cultural financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural). El importe máximo de las adjudicaciones que se podrá conceder en las distintas líneas de subvención de concurrencia competitiva y en las de concesión directa es de 18.745.000 euros, correspondiendo 16.495.000 euros al importe que se ejecutará en 2021 y 2.250.000 euros a 2022”.

Siete.—Modificar el título y las líneas de subvención en el apartado II del programa 334A con el siguiente tenor:

“II. Líneas de subvención en el ámbito de las artes escénicas, musicales, cinematográficas y audiovisuales, y de videojuego.

Las acciones a subvencionar y la previsión inicial de costes son las siguientes:

1) Ayudas a municipios madrileños con población inferior a 10.000 habitantes.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan los municipios de menos de 10.000 habitantes se justifica por la necesidad de consolidar y promocionar actividades culturales en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con especial incidencia en las poblaciones más pequeñas.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y la cinematografía, con un importe máximo de 300.000 euros, que se imputará a la partida 46309.

2) Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, se justifica por ser ambas entidades un medio de participación de los ciudadanos en actividades de teatro, danza, música y cinematografía.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y cinematografía, con un importe máximo de 450.000 euros, que se imputará a la partida 48099.

3) Ayudas a empresas privadas dedicadas a las artes escénicas, la música, la cinematografía y el audiovisual.

Objetivo: Consolidar el tejido empresarial dedicado a las actividades de teatro, danza, música y cinematografía. Ello se justifica por la contribución de las empresas del sector al crecimiento cultural de nuestra región, por su aportación a la innovación creativa e intelectual, al desarrollo tecnológico e innovador y por la recuperación del patrimonio cultural.

Instrumento jurídico y líneas de actuación.

Se realizarán convocatorias para empresas en régimen de concurrencia competitiva.

Para ello se fomentará:

1. La producción de obras teatrales.

2. La producción de obras coreográficas.

3. La producción de espectáculos musicales, la grabación de discos y el fomento de ciclos o festivales de música.

4. La producción de cortometrajes.

5. La producción de largometrajes.

6. La promoción del desarrollo de proyectos audiovisuales.

7. La promoción del videojuego como disciplina creativa.

8. El apoyo a empresas para la consolidación de estructura de ámbito teatral y coreográfico.

9. El apoyo a empresas para la consolidación de las salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos.

10. El apoyo a empresas de carácter circense.

El crédito previsto para hacer frente a las convocatorias correspondientes se consignará en la partida 47399, por un importe máximo de 6.450.000 euros, correspondiendo la ejecución de 4.200.000 euros a 2021 y de 2.250.000 euros a 2022.

Las líneas de ayuda para empresas se concretarán en las convocatorias siguientes:

3.1. Ayudas a la actividad teatral y coreográfica de carácter anual.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir con esta convocatoria son los siguientes:

1. Apoyar la creación de espectáculos teatrales y coreográficos.

2. Apoyar la innovación creativa e intelectual en la Comunidad de Madrid.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 825.000 euros, con las siguientes modalidades y distribución:

1. Producción y estreno de una obra teatral: 525.000 euros.

2. Producción y estreno de una obra coreográfica: 300.000 euros.

3.2. Ayudas a la actividad musical de carácter anual.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Apoyar la creación de espectáculos musicales.

2. Apoyar la difusión de la fonografía.

3. Apoyar la difusión de música en vivo.

4. Apoyar la recuperación del patrimonio musical.

El importe máximo de esta convocatoria será de 225.000 euros, y tendrá las siguientes modalidades:

1. Producción y estreno de espectáculos musicales.

2. Grabación y edición de discos.

3. Producción y exhibición de ciclos, festivales de música y conciertos.

3.3. Ayudas de carácter bienal para el fomento de estructuras de empresas en las artes escénicas, de salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Favorecer la transición del sector cultural hacia un modelo de industria cultural.

2. Consolidar las estructuras empresariales del sector cultural.

3. Promover el desarrollo de instrumentos de gestión empresarial en el sector cultural.

4. Adaptar los mecanismos de financiación de la Comunidad de Madrid para mejorar la dotación de liquidez del sector cultural.

5. Facilitar el procedimiento de justificación de los proyectos subvencionados por la Comunidad de Madrid.

6. Establecer un marco de financiación que promueva proyectos de digitalización y sostenibilidad del sector cultural.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 3.200.000 euros, correspondiendo la ejecución de 1.600.000 euros a 2021 e igual importe a 2022. Tendrá las siguientes modalidades:

1. Ayudas a estructuras empresariales de ámbito teatral para su consolidación en la Comunidad de Madrid por un importe máximo de 1.500.000 euros correspondiendo 750.000 euros a cada anualidad.

2. Ayudas a estructuras empresariales de ámbito coreográfico para su consolidación en la Comunidad de Madrid por un importe máximo de 500.000 euros, correspondiendo 250.000 euros a cada anualidad.

3. Apoyo a la programación y mantenimiento de salas de teatro en la Comunidad de Madrid, por un importe de 700.000 euros correspondiendo 350.000 euros a cada anualidad.

4. Apoyo a la programación y mantenimiento de salas de música en vivo y tablaos flamencos, por un importe de 500.000 euros correspondiendo 250.000 euros a cada anualidad.

3.4. Ayudas de carácter bienal para la producción cinematográfica.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Apoyar la producción y difusión de los nuevos creadores audiovisuales de la Comunidad de Madrid.

2. Apoyar la innovación y el desarrollo tecnológico.

3. Apoyar la producción de largometrajes y cortometrajes en la Comunidad de Madrid.

4. Apoyar el conocimiento del patrimonio cultural y de los rasgos específicos de la Comunidad de Madrid.

Las convocatorias que se pondrán en marcha para la consecución de dichos objetivos serán las siguientes:

1. Producción de cortometrajes por un importe máximo de 300.000 euros, correspondiendo 150.000 euros a 2021 e igual importe a 2022.

2. Producción de largometrajes para directores noveles por un importe máximo de 1.000.000 euros, correspondiendo 500.000 euros a 2021 y la misma cantidad a 2022.

3.5. Ayudas anuales a empresas productoras cinematográficas para el desarrollo de proyectos audiovisuales.

El objetivo es impulsar y facilitar los procesos previos al rodaje de proyectos audiovisuales (largometrajes y series de ficción, animación o documentales) con la finalidad de que posteriormente puedan concretarse en una obra audiovisual que se pueda realizar en nuestra Comunidad, a fin de facilitar su conocimiento por los espectadores de todo el mundo mediante su exhibición pública.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 550.000 euros, que se materializará en el apoyo al desarrollo de proyectos audiovisuales en la Comunidad de Madrid en 2021.

3.6. Ayudas a empresas para el desarrollo de la actividad circense en la Comunidad de Madrid.

El objetivo es apoyar y fomentar a empresas de ámbito circense a desarrollar sus proyectos en la Comunidad de Madrid.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 100.000 euros.

3.7. Ayudas a empresas para la promoción del videojuego como disciplina creativa en la Comunidad de Madrid.

El objetivo es impulsar y facilitar el desarrollo de una actividad innovadora tecnológicamente a través del diseño y promoción del videojuego.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 250.000 euros en 2021”.

Ocho.—Incluir en el apartado III “Consignación presupuestarias de carácter nominativo”, relativo al capítulo IV, del programa 334A (Promoción y difusión cultural)” las siguientes subvenciones directas:

“— Ateneo, Científico y Literario: 150.000 euros para las acciones relacionadas con sus actividades culturales, con cargo a la partida 48014”.

— Festival de Cine Alcalá de Henares (Alcine): 55.000 euros para el desarrollo del Festival de Cine, con cargo a la partida 46352”.

En Madrid, a 2 de julio de 2021.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/23.238/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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