Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
20-07-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210720-28

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

28
Madrid. Régimen económico. O. A. Agencia para el Empleo. Extracto convocatoria subvenciones

O. A. Agencia para el Empleo

Extracto de la Resolución de 2 de julio de 2021, del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para impulsar el empleo en los Distritos del Sur y Este, mediante la concesión de ayudas a la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo de los Distritos de Carabanchel, Latina, Moratalaz, Puente de Vallecas, San Blas-Canillejas, Usera, Vicálvaro, Villa de Vallecas y Villaverde de la ciudad de Madrid. Proyecto de la estrategia de desarrollo del Sur y del Este (EDSE). Año 2021.

BDNS: 574512

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarios los autónomos, microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores cualquiera que sea su forma jurídica y cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en los Distritos de Carabanchel, Latina, Moratalaz, Puente de Vallecas, San Blas-Canillejas, Usera, Vicálvaro, Villa de Vallecas y Villaverde de la ciudad de Madrid.

Segundo. Objeto.—El objeto general de la convocatoria es el fomento de la contratación laboral por parte de las entidades beneficiarias cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en los Distritos de Carabanchel, Latina, Moratalaz, Puente de Vallecas, San Blas-Canillejas, Usera, Vicálvaro, Villa de Vallecas y Villaverde de la ciudad de Madrid. Se subvencionará a las nuevas contrataciones realizadas la modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, con una duración mínima de seis meses, las cuantías serán las siguientes:

a) 3.000 euros si la modalidad de la contratación es a jornada completa.

b) 1.450 euros si la modalidad de la contratación es a jornada parcial, siempre que la misma sea igual o superior a 20 horas semanales.

La duración mínima de la contratación, renovación o modificación con incremento de jornada laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, será de seis meses, quedando excluidas de la subvención las contrataciones en las que se establezca una jornada laboral a tiempo parcial inferior a 20 horas semanales.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.

Cuarto. Cuantía.—Para la financiación de esta convocatoria se destina un gasto de 850.000 euros, distribuidos de la siguiente forma: 750.000 euros del Presupuesto 2020, condicionada su incorporación al Presupuesto del ejercicio 2021 vía remanentes de crédito, y 100.000 euros del Presupuesto 2021, con cargo a la aplicación presupuestaria 503/141/232.01/470.00 “Subvenciones para fomento del empleo” del Presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid del ejercicio 2021.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permanecerá abierto hasta agotar el crédito existente, y en todo caso hasta el 31 de octubre de 2021.

Sexto. Otros datos.—Se tendrá en cuenta como criterio de valoración la fecha y hora de entrada en el Registro.

Madrid, a 12 de julio de 2021.—La gerente del Organismo Autónomo de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

(03/23.563/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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