Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
20-07-2021

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210720-44

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

OFERTAS DE EMPLEO

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San Fernando de Henares. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por decreto de la Concejalía-Delegada de Personal y Régimen Interior número 1175/2021, de fecha 7 de junio de 2021, y decreto de corrección de errores número 1516/2021, de fecha 29 de junio de 2021, se ha resuelto aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de acceso a una plaza de la categoría de policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, por el sistema de movilidad sin ascenso para el personal funcionario de otros Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, que a continuación se relacionan:

BASES ESPECIFICAS QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DE ACCESO A UNA PLAZA DE LA CATEGORÍA DE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES, POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD SIN ASCENSO, PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO DE OTROS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

1. Normas generales

1.1. Objeto: es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el turno de movilidad sin ascenso, de una plaza vacante libre de policía local perteneciente a la Oferta de Empleo Público 2020, e incluidas en la Relación de Puestos de Trabajo vigente de este Ayuntamiento, en cumplimiento del porcentaje de reserva obligatorio del 20 por 100 exigido por el artículo 42.2 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

1.2. Características de la plaza: la plaza convocada corresponden al Grupo C, Subgrupo C1 de los establecidos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley 5/2017, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, y están encuadradas en la Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Escala Básica, categoría Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

A la persona titular de esta plaza les corresponderá las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el artículo 11 de la Ley 1/2018, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, así como las relacionadas en el artículo 8 del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

2. Requisitos de los/as aspirantes

2.1. Requisitos generales: para la admisión a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Hallarse en situación administrativa de servicio activo o servicios especiales, en la categoría de Policía.

b) Ser funcionario de carrera de la categoría de policía de cualquier Cuerpo de Policía Local de la Comunidad de Madrid con una antigüedad mínima de tres años como personal funcionario en la categoría y no faltarles menos de cinco años para alcanzar los cincuenta y cinco, edad de pase a la segunda actividad. A estos efectos, se computará el tiempo que se haya permanecido en situación de segunda actividad por causa de embarazo o riesgo durante la lactancia natural. Todo ello según se establece en los artículos 47 y 42.1 b) de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

c) No hallarse en situación administrativa de segunda actividad, salvo causa de embarazo o riesgo durante la lactancia natural.

d) Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el sistema acceso de movilidad, haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años.

e) Estar en posesión del título de Bachiller, técnico o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.

f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.

g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ser considerado apto para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones. Para ello se practicará el correspondiente reconocimiento médico por los facultativos que se designen al efecto. Se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de otra clase se consideren necesarias para su comprobación. Dicho reconocimiento médico determinará el tratamiento de la persona aspirante como “apta/apto” o “no apta/no apto” conforme a las condiciones psicofísicas que resultan exigibles al personal que acceda a la categoría de Policía por turno libre. La participación en el proceso lleva implícita la autorización expresa para la realización de estos análisis. El Tribunal Calificador acordará la exclusión del proceso de quienes se nieguen a someterse a la realización de dichos análisis, previa audiencia de la persona interesada.

h) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

i) Carecer de antecedentes penales.

j) Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley (anexo II).

Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de Instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera.

El tribunal calificador podrá requerir a las personas aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúna uno o varios de los requisitos, el tribunal calificador, previa audiencia al/a la interesado/a, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes.

Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.

3. Plazo de presentación de instancias

3.1. Forma: quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo cumplimentando el impreso establecido por el Ayuntamiento de San Fernando de Henares, dicho impreso podrá obtenerse a través de internet consultando la página web (www.ayto-sanfernando.com). Este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada.

La solicitud de participación deberá ir acompañada necesariamente del justificante que acredite el abono de la tasa por derechos de examen a que se refiere el apartado 4.4.

3.2. Presentación de solicitudes: las solicitudes de admisión a pruebas selectivas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

3.3. Lugar de presentación: el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, así como el ejemplar correspondiente del impreso de autoliquidación, una vez realizado el pago de la tasa por derechos de examen o, en su caso, el recibo acreditativo de haber abonado la tasa mediante giro o transferencia, podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de San Fernando de Henares en horario de atención al público, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. La presentación de instancias podrá realizarse también a través de las restantes formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.4. Tasa por derechos de examen: conforme a lo dispuesto en el art. 6 de la Ordenanza Fiscal número. 7, reguladora de la tasa por derechos de examen el importe que el aspirante deberá hacer efectivo en función del subgrupo al que pretende acceder es de euros: sesenta y dos con diecinueve céntimos (62,19 euros).

En el supuesto de que el aspirante se encuentre empadronado en San Fernando de Henares, se aplicará la tarifa reducida de euros: cincuenta y siete con noventa céntimos (57,90 euros).

El pago íntegro de los derechos de examen se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes, mediante ingreso o transferencia en la siguiente cuenta bancaria: Banco Santander, cuenta numero ES36 0075 0225 8906 6000 0674.

3.2. Documentación que debe adjuntarse a la solicitud: para la admisión a las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en su solicitud de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se establecen en el apartado 2 de las bases. Las instancias serán acompañadas, en su presentación, por los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Comprobante de haber satisfechos el pago de los derechos de examen, siempre dentro del plazo de presentación de instancias. La falta de pago de la tasa por derechos de examen o la falta de justificación de encontrarse exento determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.

c) Certificado de los Servicios prestados expedido por el Secretario General del Ayuntamiento correspondiente.

d) Currículum profesional de constancia de los méritos alegados (condecoraciones, titulaciones académicas y formación y perfeccionamiento profesional) y ordenados según el baremo que figura en las presentas bases acompañado de las correspondientes fotocopias ordenadas y numeradas en el margen superior derecho, de diplomas o certificados expedidos por el organismo o entidad organizadora en las que deben constar la fecha de realización y número de horas de formación. No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase de presentación de instancias, así como aquellos que sean alegados en el currículum y que no estén debidamente justificados de modo indicado anteriormente.

Sistema selectivo:

De conformidad con lo establecido en el artículo 65.2 del Reglamento Marco de la Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, el procedimiento de selección constará de las siguientes fases:

— Concurso de mérito.

— Curso selectivo de formación.

El texto íntegro de las bases que rigen la presente convocatoria será publicado en la página web del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, www.ayto-sanfernando.com, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de San Fernando de Henares una vez se produzca la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

San Fernando de Henares, a 6 de julio de 2021.—El director de Recursos Humanos, José Antonio Carroza García.

(01/23.310/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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