Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
20-07-2021

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210720-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

55
Madrid. Sección Octava. Procedimiento 267/2020

Sección Octava

EDICTO

Doña María Margarita Garrido Gómez, letrada de la Administración de Justicia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita recurso de apelación número 267/2020, interpuesto por la representación procesal de doña Yesenia del Carmen Guaman Albito, siendo parte apelada la entidad mercantil Tempore Properties Socimi, S. A., y como demandados en primera instancia los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Lechuga, número 8, escalera 1, segundo A, de Fuenlabrada (Madrid), y en el que con fecha 17 de septiembre de 2020 se ha dictado sentencia número 288/2020.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 164 y 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y para que sirva de notificación en forma a los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Lechuga, número 8, escalera 1, segundo A, de Fuenlabrada (Madrid), expido el presente edicto, que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La resolución que se notifica está a disposición de la parte interesada en esta Sección Octava.

El edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia, establecidos en los artículos 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

En Madrid, a 21 de enero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia, (firmado).

(02/22.949/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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