Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
21-07-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210721-53

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

53
Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 2 de julio de 2021, de la Junta de Gobierno Local, por el que se convocan subvenciones para ayudas económicas a entidades deportivas para la promoción del deporte en Alcalá de Henares-Edición 2021.

Número de BDNS: 574783

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):

Primero. Beneficiarios.—Entidades deportivas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Podrán ser beneficiarios de las ayudas cualquier club deportivo, agrupación deportiva asociada para la práctica de actividades físico-deportivas o sección de acción deportiva que desarrolle actividades deportivas y tenga domicilio social en la ciudad de Alcalá de Henares.

b) Los solicitantes deberán estar inscritos en el registro de entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.

c) No estar incursa en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) No tener deudas pendientes con el excelentísimo Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal.

f) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.

g) Estar dado de alta en la Agencia Tributaria y tener el correspondiente NIF.

Segundo. Finalidad.—Concesión de ayudas a clubes deportivos, agrupaciones deportivas y secciones de acción deportiva de Alcalá de Henares para el desarrollo de su actividad deportiva durante la temporada deportiva 2020-2021 (desde el 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto de 2021). Estas ayudas pretenden impulsar el desarrollo de actividades deportivas, la actividad física y el deporte, que sirven de manera fundamental a la formación y desarrollo integral de la personalidad y al aumento de los índices de bienestar general de la población. Por ello, las actividades deportivas se consideran actividades de utilidad pública.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 2 de julio de 2021, publicadas en la página web del excelentísimo Ayuntamiento de Alcalá de Henares, http://www.ayto-alcaladehenares.es, en el área de Deportes y Ciudad Deportiva.

Cuarto. Importe.—Importe máximo de la convocatoria: 81.000 euros.

El importe de esta subvención se entregará de manera prorrateada entre todos los beneficiarios de las ayudas, no adjudicándose más del 25 por 100 de la cuantía total de la subvención a una sola asociación deportiva.

El importe total de la ayuda concedida, no podrá superar en ningún caso, el 65 por 100 del coste total de la actividad subvencionada o de los gastos totales subvencionados.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días hábiles, comprendidos desde el día 1 hasta el día 21 de septiembre de 2021, ambos incluidos.

Sexto. Otros datos.—Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas o subvenciones recibidas de otras administraciones públicas para el mismo fin u objeto. En ningún caso, el importe de las subvenciones obtenidas (tanto de manera aislada como de manera conjunta con otras subvenciones), superará el coste de la actividad subvencionada. En dicho caso, la subvención otorgada será reducida hasta el coste total de la actividad deportiva.

Tienen la consideración de gastos subvencionables, los asumidos y realizados entre los días 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021, ambos inclusive, especificados en el apartado 10 de las bases reguladoras.

Las solicitudes se podrán presentar, con el modelo de solicitud y anexos incorporados a las bases, a través de los siguientes medios:

— De manera presencial, en las oficinas del Registro General del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, situado en plaza de Cervantes, 12.

— En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro, sita en la Ciudad Deportiva Municipal del Val, antes de las 14:00 horas del día de finalización del plazo, siempre a través del sistema de cita previa, que se deberá solicitar a través de la página web del Ayuntamiento.

— A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares; antes de las 14:00 horas del día de finalización del plazo.

La concesión de las subvenciones se realizará mediante la evaluación de las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios de valoración, especificados en el apartado 11 de las bases reguladoras y hasta un máximo de 100 puntos.

Alcalá de Henares, a 12 de julio de 2021.—El concejal-delegado de Deportes, Alberto Blázquez Sánchez.

(03/23.671/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210721-53