Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
21-07-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210721-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 2 de julio de 2021, de la Junta de Gobierno Local, por el que se convocan subvenciones para ayudas económicas a entidades deportivas y a deportistas de Alcalá de Henares por la participación en Competiciones Oficiales-Edición 2021.

BDNS: 574792

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):

Primero. Beneficiarios.

a) Podrán ser beneficiarios de esta subvención cualquier club deportivo o sección de acción deportiva inscrita en una federación deportiva reconocida y oficial, así como cualquier deportista individual que no pertenezca a ninguna asociación deportiva de Alcalá de Henares y cuente con licencia federativa en cualquier modalidad deportiva oficial. Las asociaciones deportivas, que ya reciben subvención por su pertenencia a categoría élite, no podrán ser beneficiarios. Para poder optar a esta subvención como deportista individual, es condición necesaria no pertenecer a ninguna asociación deportiva que solicite estas mismas ayudas.

b) Las asociaciones deportivas deberán tener domicilio social en Alcalá de Henares. En el caso de los deportistas individuales, deberán estar empadronados en Alcalá de Henares, al menos, desde septiembre de 2020 hasta el 31 de agosto de 2021 (ambos inclusive), o bien, ser asociado de un club deportivo con sede social en Alcalá de Henares, siempre que este no opte a esta misma subvención.

c) Las asociaciones deportivas deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid. Los deportistas individuales deberán estar en posesión de la licencia federativa correspondiente de su modalidad deportiva durante la temporada 2020-2021.

d) Haber participado en competiciones federadas oficiales de ámbito autonómico, nacional, europeo o internacional en su respectiva modalidad deportiva durante la temporada 2020-2021, relacionadas en la cláusula primera de las bases.

e) No estar incurso en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

g) No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal.

h) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.

Segundo. Finalidad.—Concesión de ayudas a deportistas individuales, clubes deportivos y secciones de acción deportiva por su participación durante la temporada deportiva 2020-2021 (desde el 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto de 2021), en competiciones oficiales no profesionales, fomentando con ello el desarrollo de actividades de utilidad pública, a través de la participación en las actividades deportivas que sirven de base fundamental a la formación y desarrollo integral de la personalidad y el aumento de los índices de bienestar general de la población.

Según la categoría del evento, se subvencionará la participación en:

— Nivel Autonómico: Campeonatos de Madrid y Fases Finales de Liga Regular.

— Nivel Nacional: fases previas de Campeonato de España y Campeonatos de España.

— Nivel Internacional: clasificatorios para Campeonato de Europa, Campeonato de Europa, clasificatorios para Mundiales, Mundiales y Juegos Olímpicos.

Quedan totalmente excluidos los gastos ocasionados con motivo de las competiciones de carácter no oficial y aquellas que, siendo oficiales, sean encuentros o competiciones de carácter amistoso o liga regular.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 2 de julio de 2021, publicadas en la página web del Ayuntamiento de Alcalá de Henares http://www.ayto-alcaladehenares.es, en el área de Deportes y Ciudad Deportiva.

Cuarto. Importe.—Importe máximo de la convocatoria: 25.000 euros.

El importe de esta subvención se entregará de manera prorrateada entre todos los beneficiarios de las ayudas, no adjudicándose más del 25 por 100 de la cuantía total de la subvención a una sola asociación deportiva o deportista individual.

El importe total de la ayuda concedida no podrá superar en ningún caso el 65 por 100 del coste total de la actividad subvencionada o de los gastos totales subvencionados asumidos por el deportista individual (gastos totales relacionados en la tabla del anexo II de las bases reguladoras).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días hábiles, comprendidos desde el día 1 hasta el día 21 de septiembre de 2021, ambos incluidos.

Sexto. Otros datos.—Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas o subvenciones entregadas por otras Administraciones Públicas para el mismo fin u objeto. En ningún caso, el importe de las subvenciones obtenidas (tanto de manera aislada como de manera conjunta con otras subvenciones) superará el coste de la actividad subvencionada. En dicho caso, la subvención otorgada será reducida hasta el coste total de la actividad deportiva.

Tienen la consideración de gastos subvencionables, los gastos asumidos y realizados entre los días 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021, especificados en el apartado 10 de las bases reguladoras.

Las solicitudes se podrán presentar, con el modelo de solicitud y anexos incorporados a las bases, a través de los siguientes medios:

— De manera presencial, en las oficinas del Registro General del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, situado en plaza de Cervantes, número 12.

— En la Oficina de Asistencia en materia de Registro, sita en la Ciudad Deportiva Municipal del Val, antes de las 14:00 horas del día de finalización del plazo, siempre a través del sistema de cita previa, que se deberá solicitar a través de la página web del Ayuntamiento.

— A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, antes de las 14:00 horas del día de finalización del plazo.

En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

La concesión de las subvenciones se realizará mediante la evaluación de las solicitudes presentadas, de acuerdo a los criterios de valoración especificados en el apartado 11 de las bases reguladoras, y hasta un máximo de 100 puntos.

Alcalá de Henares, a 12 de julio de 2021.—El concejal-delegado de Deportes, Alberto Blázquez Sánchez.

(03/23.677/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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