Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210723-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Modificación Junta de Gobierno

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y de conformidad con la resolución de la Alcaldía-Presidencia 1980/2021, de 30 de junio, se hace público lo siguiente:

Primero.—Revocar el nombramiento de doña Susana Tortajada Galán como miembro de la Junta de Gobierno Local, acordado por el decreto de esta Alcaldía 87/21.

Segundo.—Revocar la designación de doña Susana Tortajada Galán para el desempeño del cargo de concejal miembro de la Junta de Gobierno Local en régimen de dedicación acordado en las resoluciones 88 y 101/21.

Tercero.—Disponer la baja de la señora Tortajada Galán en el Régimen General de la Seguridad Social.

Cuarto.—Revocar la asignación a la señora Tortajada Galán de la gestión del área de gobierno de Medio Ambiente, Obras, Sanidad y Mayores, acordada por el decreto 102/21.

Quinto.—Revocar la delegación genérica en favor de la concejal doña Susana Tortajada Galán del ejercicio de competencias de la Alcaldía en el área de gobierno de Medio Ambiente, Obras, Sanidad y Mayores, acordada por decreto 138/21, de 26 de enero.

Sexto.—Este decreto será efectivo desde el día 1 de julio de 2021.

Séptimo.—Se comunicará esta resolución a la interesada, a los grupos municipales y a los departamentos afectados.

Octavo.—Esta resolución será hecha pública mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la página web del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a su firma.

Noveno.—Se dará cuenta al Pleno de este decreto en la primera sesión que celebre.

Décimo.—Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Directamente contra esta resolución se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

Villaviciosa de Odón, a 12 de julio de 2021.—El secretario general, Manuel Paz Taboada.

(03/23.632/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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