Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
26-07-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210726-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3

116
Móstoles número 3. Procedimiento 250/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 250/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PATRICIA MAYO FERNANDEZ frente a AUTOMATISMOS OCEANIS SLU y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda formulada por DÑA. PATRICIA MAYO FERNANDEZ contra AUTOMATICOS OCEANIS S.L.U.

PRIMERO: DEBO DECLARAR Y DECLARO improcedente el despido de la parte demandante, y en consecuencia, siendo inviable la readmisión al estar cerrada la empresa, DEBO DECLARAR Y DECLARO extinguida con efectos de la presente resolución la relación laboral entre las partes, CONDENANDO COMO CONDENO a la empresa demandada a que le abone la cantidad de 10.517,86 euros en concepto de indemnización por no readmisión y la cantidad de 7.964,80 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha de efectos del despido hasta la extinción dela relación laboral.

SEGUNDO: DEBO CONDENAR Y CONDENO a la mercantil demandada a que abone al actor la cantidad de 11.792,72 euros, como salarios pendientes a la fecha del despido, más el 10% de interés por mora.

El Fondo de Garantía Salarial ha sido emplazado exclusivamente de conformidad con el art.23 LJS sin que en este procedimiento pueda hacerse declaración expresa de absolución o condena respecto de este Organismo sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones establecidas en el art.33 Estatuto de los Trabajadores

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AUTOMATISMOS OCEANIS SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Móstoles, a cinco de julio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.940/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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