Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
26-07-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210726-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALDEA DEL FRESNO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

49
Aldea del Fresno. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Por el presente anuncio se da publicidad para su conocimiento se da publicidad a la resolución dictada por la alcaldía el 2 de julio de 2021 con el siguiente tenor literal:

«Entre los días 5 y 11 de julio de 2021, ambos incluidos, la alcaldesa estará ausente del término municipal por lo que se hace preciso disponer su sustitución.

El artículo 23.3 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), establece “Los tenientes de alcalde sustituyen, por orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al alcalde, siendo libremente designados y removidos por este de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde esta no exista, de entre los concejales”.

El artículo 47.2 del Real Decreto 2568/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF) señala “En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones de él alcalde no podrán ser asumidas por el teniente de alcalde a quién corresponda sin expresa delegación, que reunirá los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 44 (...)”.

Mediante resolución de Alcaldía de 21 de junio de 2019 se nombró cómo primero teniente de alcalde a Guillermo Juan Celeiro Fabián.

De conformidad con los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 44, 47 y 48 del Real Decreto 2568/1986, y en la línea de los nombramientos efectuados por resolución de esta alcaldía de 21 de junio de 2019, resuelvo:

Primero.—Delegar en Guillermo Juan Celeiro Fabián, primer teniente de Alcaldía, la totalidad de las funciones de la alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, entre los días 5 y 11 de julio de 2019, ambos incluidos.

Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero.—El órgano delegado informará la esta alcaldía, a posteriori, y en todo caso, cuando se requiera para eso, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo, de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del ROF.

Cuarto.—La delegación conferida en este decreto requerirá para su eficacia a aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente se no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación.

Quinto.—Esta resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicará directamente lo que prevé la LRBRL y ROF en el que se refiere a las normas que rigen la delegación de funciones».

Aldea del Fresno, a 12 de julio de 2021.—La alcaldesa, María Isabel Hernández Hernández.

(03/23.729/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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