Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
27-07-2021

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210727-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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ADENDA de 8 de julio de 2021, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Políticas Sociales y Familia (actualmente Consejería de Familia, Juventud y Política Sociales) y la Fundación Obra Social y Monte de Piedad de Madrid, para la realización de acciones conjuntas relativas al fomento y promoción del voluntariado en la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 8 de julio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, D. Cristóbal Sánchez Blesa, Subdirector General de Programas y Centros de Fundación Obra Social y Monte de Piedad de Madrid (en lo sucesivo, la Fundación Montemadrid) en su nombre y representación, con domicilio en plaza de San Martín, número 1, 28013 Madrid, e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, hoja personal 688, tomo CCXXI, folios 303 a 500 y tomo CCXXXIV, folios 401 y siguientes, con C.I.F. número G-86.610.144, que interviene en nombre y representación de dicha entidad, en ejercicio de las facultades que le confieren los vigentes Estatutos de la misma y la escritura de poder otorgada a su favor ante el Notario de Madrid D. José Blanco Losada con fecha 11 de julio de 2018, con el número 3662 de su protocolo, que en el día de la fecha se mantiene en vigor.

Las dos partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir en nombre de sus respectivas entidades el presente documento, y a tal efecto

MANIFIESTAN

1. Que ambas instituciones comparten el interés en fomentar el voluntariado como forma de participación y capacitación, considerando que es una actividad transversal y diversa que aporta a los ciudadanos, instituciones, entidades y empresas, un valor de solidaridad y compromiso cuyo apoyo y fortalecimiento es prioritario para mejorar las condiciones de vida y la dignidad de las personas y el sistema de relaciones en la sociedad.

2. Que siendo coincidentes los objetivos en materia de voluntariado de ambas partes, suscribieron un Convenio de colaboración el día 10 de julio de 2019 en virtud del cual se comprometieron a promocionar y potenciar el voluntariado, intercambiando experiencias, ideas e iniciativas entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia y la Fundación Obra Social y Monte de Piedad de Madrid.

3. Que en la cláusula sexta del citado Convenio se establecía su vigencia desde la fecha de la firma, el 10 de julio de 2019, con una duración de dos años, pudiéndose acordar la firma de prórroga, de forma expresa y por escrito, antes del vencimiento del convenio y hasta un máximo de dos años adicionales.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga al convenio citado conforme a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula sexta del Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia y la Fundación Obra Social y Monte de Piedad de Madrid, para la realización de acciones conjuntas relativas al fomento y promoción del voluntariado, de fecha 10 de julio de 2019, ambas partes acuerdan prorrogar el mencionado convenio por un período de dos años, desde el 11 de julio de 2021 hasta el 10 de julio de 2023.

Segunda

Financiación

De la presente Adenda no se derivará obligación económica alguna para las partes: Comunidad de Madrid y Fundación Obra Social y Monte de Piedad de Madrid.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda de prórroga, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 8 de julio de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, M. Concepción Dancausa Treviño.—El Subdirector general de programas y centros de la Fundación Montemadrid, Cristóbal Sánchez Blesa.

(03/23.624/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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