Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
27-07-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210727-76

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

76
Móstoles número 1. Procedimiento 766/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María Victoria Esteban Delgado, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 766/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIGUEL ÁNGEL CASTILLEJO CISNEROS frente a MARIANO LABRADO SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 218/2021

En la ciudad de Móstoles a 30 de Junio de 2021

FALLO

Estimar la demanda de despido interpuesta por Don Miguel Ángel Castillejo Cisneros contra Mariano Labrado S.L., declarando improcedente el despido del actor y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a Mariano Labrado S.L. a que abone a Don Miguel Ángel Castillejo Cisneros la indemnización de 2.133, 35 euros y los salarios de trámite a razón de 48, 49 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el salario que ha percibido de Naturpiedra Obras S.L. si fuera igual o superior al de trámite, si es inferior percibirá la diferencia, y en su caso el período que haya percibido la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo, lo que se determinará en ejecución de sentencia

Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don Miguel Ángel Castillejo Cisneros contra Mariano Labrado S.L., Condenando a la mercantil demandada a pagar a Don Miguel Ángel Castillejo Cisneros la cantidad de 2.083, 47 euros brutos más el 10 % de interés por mora.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-0766-20, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista”.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MARIANO LABRADO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a dos de julio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.075/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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