Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
28-07-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210728-69

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

69
Madrid número 10. Procedimiento 584/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 584/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. YULIANNY HENRIQUEZ QUEZADA, D./Dña. MARIA ARACELI QUEZADA HERNANDEZ y D./Dña. JOSE ANGEL SEIJO DIAZ frente a PASION AVANTE S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando como ESTIMO LA DEMANDA DE DESPIDO formulada por DOÑA MARIA ARACELI QUEZADA SANCHEZ, DOÑA YULIANNY E. HENRIQUEZ QUEZADA y DON JOSE ANGEL SEIJO DIAZ, contra PASION AVANTE, S.L., S.L., debo declarar y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre dichos trabajadores con fecha de efectos de 31.03.2021 así como la EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que les unía, con efectos desde esta resolución judicial, condenando a la empresa al abono de las indemnizaciones que se detallan a continuación y así como salarios de tramitación por los importes que se relacionan desde el despido (31.03.2021) hasta la extinción de la relación laboral (30.06.2021), con descuento de los periodos en que haya podido permanecer en situación de incapacidad temporal y/o de los salarios que haya podido percibir en posteriores empleos y/o prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público de Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado y salarios de tramitación

INDEMNIZACIONES

DOÑA MARIA ARACELI QUEZADA SANCHEZ, 2.131,33 euros,

DOÑA YULIANNY E. HENRIQUEZ QUEZADA 1.740,04 euros,

DON JOSE ANGEL SEIJO DIAZ 1.740,04 euros

SALARIOS DE TRAMITACIÓN

DOÑA MARIA ARACELI QUEZADA SANCHEZ, 4148.69- euros,

DOÑA YULIANNY E. HENRIQUEZ QUEZADA 3.387.02- euros,

DON JOSE ANGEL SEIJO DIAZ 3.387.02- euros,

DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda de CANTIDAD interpuesta por DOÑA MARIA ARACELI QUEZADA SANCHEZ, DOÑA YULIANNY E. HENRIQUEZ QUEZADA y DON JOSE ANGEL SEIJO DIAZ, contra PASION AVANTE, S.L., S.L y en consecuencia debo condenar y condeno a éste a abonar las siguientes sumas:

DOÑA MARIA ARACELI QUEZADA SANCHEZ, 2.181,98 euros,

DOÑA YULIANNY E. HENRIQUEZ QUEZADA 1.638- euros,

DON JOSE ANGEL SEIJO DIAZ 1935,82- euros,

Todo ello con el recargo del artículo 29.3 ET.

Notificase la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los efectos legales oportunos.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2508-0000-61-0584-21 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PASION AVANTE S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de julio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.055/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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