Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
30-07-2021

Sección 1.4.33.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210730-32

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID

32
ACUERDO de prórroga de 15 de julio de 2021, del convenio de colaboración suscrito el 6 de agosto de 2018 entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid en relación con la Tarjeta Azul.

Madrid, a 15 de julio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, D. David Pérez García, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (en adelante CRTM), designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid 17 de marzo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de marzo de 2021), actuando para la firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de Creación del Consorcio, y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, el Ayuntamiento de Madrid, representado por D.a Begoña Villacís Sánchez, titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, que actúa en virtud de las competencias que le atribuye el Decreto del Alcalde de Madrid de nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno de 15 de junio de 2019 y el apartado 3.1.8 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, modificado por Acuerdos de 5 de septiembre de 2019, 16 de julio, 22 de octubre, 30 de diciembre de 2020, 25 de febrero y 13 de mayo de 2021 y del Decreto del Alcalde de Madrid de nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno de 15 de junio de 2019.

Ambas partes se reconocen mutuamente poder, competencia y legitimación bastante para formalizar el presente Convenio de colaboración,

MANIFIESTAN

El 6 de agosto de 2018 el CRTM y el Ayuntamiento de Madrid suscribieron un Convenio que establece el marco de colaboración entre el Ayuntamiento y el CRTM, para la prestación de la Tarjeta Azul, en las condiciones relativas a su obtención y utilización aprobadas por el CRTM.

Dicho Convenio prevé en su cláusula 8.a una vigencia inicial de un año contado desde su firma, estableciendo la posibilidad de prórroga del mismo por acuerdo expreso entre las partes, por un período adicional de hasta cuatro años.

Con fecha 12 de julio de 2019 se suscribió entre el CRTM y el Ayuntamiento de Madrid Acuerdo de prórroga del Convenio de colaboración suscrito en fecha 6 de agosto, extendiendo sus efectos desde el día 6 de agosto de 2019 hasta el día 6 de agosto de 2021.

Próxima la finalización del señalado período de vigencia, ambas partes están de acuerdo en prorrogar el Convenio de colaboración de 6 de agosto de 2018 conforme a sus previsiones y, en tal sentido, adoptan el siguiente acuerdo de prórroga, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

CLÁUSULA ÚNICA

Las partes firmantes acuerdan la prórroga por un período de dos años del Convenio de colaboración entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid en relación con la Tarjeta Azul, suscrito con fecha 6 de agosto de 2018, cuyos efectos se extenderán, hasta el 6 de agosto de 2023.

Y en prueba de conformidad y aceptación de cuanto antecede, los intervinientes firman el presente acuerdo de prórroga, en el lugar y fecha indicados.

Madrid, a 15 de julio de 2021.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, el Presidente del Consejo de Administración, David Pérez García.—Por el Ayuntamiento de Madrid, la titular del Área Gobierno de Vicealcaldía, Begoña Villacís Sánchez.

(03/24.275/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.33.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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