Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
30-07-2021

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210730-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

7
RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de un aspirante en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.

Por Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio) convocó pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

La base segunda de la convocatoria, en su apartado 2.1.f), establece como requisito para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa”. Este requisito, al igual que el resto de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

En virtud de lo establecido en la mencionada base, el Tribunal de las pruebas selectivas de Fisioterapeuta, al constatar la condición de personal estatutario fijo en la categoría de referencia en la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana de D. José Carlos Rodríguez de la Rosa, con DNI ***1431**, derivada de su participación en el proceso selectivo convocado por Resolución de 10 de abril de 2017 (DOGV número 8026, de 25 de abril de 2017), de la Dirección General de Recursos Humanos y Económicos de la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública, procedió a iniciar el procedimiento establecido en la base 6.11 de la convocatoria, realizando requerimiento de trámite de audiencia al interesado, habilitando un plazo de diez días hábiles para alegar y presentar las justificaciones que estimara procedentes. Del contenido de las alegaciones presentadas por el interesado queda confirmada su condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta en la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana, por lo que el Tribunal Calificador eleva a esta Dirección General la propuesta de su exclusión del proceso selectivo.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 10 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Declarar la exclusión de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, convocadas por Resolución de esta Dirección General de 15 de junio de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio), de D. José Carlos Rodríguez de la Rosa, con DNI ***1431**, por no cumplir el requisito exigido en la base 2.1.f) de la convocatoria, “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa”, en relación con lo establecido en la base 2.2, “Los requisitos establecidos en la base segunda, deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Madrid, a 19 de julio de 2021.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Raquel Sampedro Blázquez.

(03/24.103/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210730-7