Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
30-07-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210730-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

71
Madrid número 11. Procedimiento 1339/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. CARMEN CABRERA DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1339/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. AINHOA SINTAS MEMBRILLA frente a D./Dña. ANGEL LORENZO MURIEL, DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD Y ESTETICA DENTAL SL y ACCOUNT CONTROLIUS & AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente Sentencia cuya parte dispositiva dispone:

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por Dª Ainhoa Sintas Membrilla, contra, DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD Y ESTÉTICA DENTAL S.L. y ACCOUNT CONTROLIUS & AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES S.L.P., en reclamación de cantidad, debo reconocer en el sentido expuesto, el derecho de la demandante, a percibir la cantidad de 10.248,26 euros, por los conceptos y períodos indicados, condenando a los demandados a estar y pasar por la citada declaración, y, a la empresa demandada, DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD Y ESTÉTICA DENTAL S.L., a abonar a la actora la cantidad expresada.

Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD Y ESTETICA DENTAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a seis de julio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.282/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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