Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
03-08-2021

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210803-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

62
Pozuelo de Alarcón. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La concejala-delegada de Recursos Humanos y Régimen Interior, por delegación de la Junta de Gobierno Local, acuerdo de 15 de julio de 2020, con fecha 19 de mayo de 2021, ha dictado resolución de modificación de bases y convocatoria para la cobertura de dos plazas de Policía Municipal, por el sistema de movilidad sin ascenso para el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en este sentido:

Parte dispositiva de la Resolución:

“Primero.—Modificar la base 6.B.4 de las bases específicas del proceso selectivo para la cobertura de dos plazas de Policía Municipal pertenecientes a la Escala Ejecutiva de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, subgrupo C1, mediante el sistema de movilidad sin ascenso, aprobadas por resolución de la concejala de Recursos Humanos de 23 de abril de 2021, quedando redactada en los siguientes términos:

B) Formación y perfeccionamiento de interés policial, con una puntuación máxima de 4 puntos:

1. Cursos impartidos por Universidades u otros centros oficiales reconocidos por el Ministerio competente en materia de educación, por administraciones públicas u organizaciones sindicales acogidas a los diferentes planes de formación continua de las administraciones públicas, los realizados por entidades públicas o privadas en colaboración con las entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico del Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid:

— Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,001 puntos.

— Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,001 puntos por el número de horas lectivas realizadas.

— Cursos realizados en los centros oficiales de formación policial de la Comunidad de Madrid: serán valorados con una calificación superior en un 20 por 100 respecto a las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.

— Cursos realizados en calidad de docente: serán valorados con una calificación superior en un 50 por 100 respecto a las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.

2. Jornadas, seminarios, debates o conferencias: 0,002 puntos por cada actividad realizada. Cuando se realicen en calidad de ponente, se valorarán con una calificación superior en un 50 por 100 respecto a las puntuaciones obtenidas en cada una de ellas.

3. Publicaciones de interés policial: hasta 0,30 puntos.

Segundo.—Publicar anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID sobre la modificación adoptada, indicando remisión a su contenido en el tablón virtual y en la web www.pozuelodealarcon.org e indicando que frente a la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición de conformidad con lo previsto en los artículo 112 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero.—Otorgar un nuevo plazo de veinte días a contar desde el día que se publique la modificación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Lo que se publica para general conocimiento y efectos oportunos.

En Pozuelo de Alarcón, a 21 de mayo de 2021.—El titular del Órgano de Apoyo a la JGL, Antonio Iglesias Moreno.

(02/18.466/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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