Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
04-08-2021

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210804-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

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ORDEN 2200/2021, de 26 de julio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se conceden los premios correspondientes al III Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid.

Mediante la Orden 170/2021, de 29 de enero, se convocó el III Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de febrero de 2021).

Actualmente, la Consejería competente en materia de educación es la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía en virtud del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.

Vista el Acta del Jurado, reunida en Madrid el día 17 de junio de 2021,

DISPONGO

Primero

Conceder los premios correspondientes al III Certamen de Teatro Inclusivo, de acuerdo con las modalidades que se exponen a continuación:

1. Modalidad A. Actividades escénicas, en cuyo elenco, solo una parte de sus componentes son alumnos de diversidad funcional y alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo.

2. Modalidad B. Actividades escénicas cuyo elenco está formado íntegramente por alumnos con diversidad funcional y alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo.

Segundo

Dichos premios no tienen naturaleza económica, sino que como especifica el apartado cuarto de la citada Orden 170/2021, de 29 de enero, el premio “consistirá en una placa en la que se quede reflejada la posición obtenida de acuerdo con la puntuación que reciban, junto con la edición del certamen”.

Tercero

Excluir la solicitud presentada por el centro que se indica a continuación, por haberla llevado a cabo fuera de plazo.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Orden 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, ambos plazos a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 26 de julio de 2021.

El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/24.579/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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