Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
05-08-2021

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210805-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

13
ORDEN 2215/2021, de 27 de julio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se autoriza el traslado en la impartición de determinadas enseñanzas universitarias oficiales de Grado y Máster en la Universidad Antonio de Nebrija a partir del curso 2021-2022.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 12.2, en relación con el artículo 8.2, que la creación, modificación y supresión de centros en las universidades privadas será acordada por la comunidad autónoma correspondiente a propuesta de la Universidad.

En este sentido, la Universidad Antonio de Nebrija propone una reorganización de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y Máster gestionadas por la Escuela Politécnica Superior, trasladando la impartición de las correspondientes enseñanzas a los Departamentos de Ingeniería Industrial y de Ingeniería Informática, del campus de la Dehesa de la Villa, al campus de Madrid-Princesa (calle Serrano Jover, número 2, de Madrid), con efectos a partir del curso 2021-2022.

El Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el día 15 de julio de 2021, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, informó favorablemente esta propuesta.

En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente,

DISPONGO

Primero

1. Acordar, a solicitud de la Universidad Antonio de Nebrija, el traslado en la impartición de las siguientes enseñanzas oficiales de Grado y Máster, adscritas a la Escuela Politécnica Superior, actualmente en el Campus de la Dehesa de la Villa, al Campus de Madrid-Princesa (calle Serrano Jover número 2, de Madrid), con efectos a partir del curso 2021-2022:

— Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales.

— Grado en Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Producto.

— Grado en Ingeniería Mecánica.

— Grado en Ingeniería del Automóvil.

— Grado en Ingeniería Informática.

— Máster Universitario en Ingeniería Industrial.

— Máster Universitario en Diseño Industrial.

2. La Universidad Antonio de Nebrija deberá respetar la capacidad máxima de ocupación de estas instalaciones, de acuerdo con el informe emitido por la Dirección General de Infraestructuras y Servicios, de fecha 17 de junio de 2021, de conformidad con lo establecido por el Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios, así como por el Código Técnico de Edificación y demás normativa vigente.

Segundo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

En Madrid, a 27 de julio de 2021.

El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/24.832/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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