Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
05-08-2021

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210805-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

48
Getafe. Régimen económico. Padrones fiscales

Exposición pública: se notifica a los interesados que por el jefe del Órgano de Gestión Tributaria y en las fechas que se indican, han sido aprobados los padrones y listas cobratorias que comprenden las liquidaciones correspondientes al ejercicio 2021 de los siguientes tributos:

a) El 18 de mayo de 2021, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, por un importe de 482.226,96 euros, que consta de 442 recibos contenidos en la remesa 2021IBIR.

b) El 6 de julio de 2021, tasa por ocupación del dominio público por la instalación de quioscos, ascensores y cajeros automáticos, por un importe de 7.012,48 euros, que consta de 37 recibos contenidos en la remesa 2021TOVP.

c) El 15 de julio de 2021, tasa por ocupación del dominio público por reserva de vía pública para entrada de vehículos en edificios y solares (vado), por un importe de 1.416.862,71 euros, que consta de 11.533 recibos contenidos en la remesa 2021VADOS,

d) El 15 de julio de 2021, impuesto sobre actividades económicas, por un importe de 6.789.222,07 euros, que consta de 1.732 recibos contenidos en la remesa 2021IAE.

Dichos padrones y listas cobratorias se expondrán al público en la calle Ricardo de la Vega, número 5, de lunes a viernes, en horario de apertura al público, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 2 de octubre de 2021, sin que dicho plazo pueda ser inferior a quince días.

Plazo de ingreso voluntario: del 1 de septiembre al 2 de noviembre de 2021, ambos inclusive.

Lugar y medios de pago: por Internet, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento en la dirección https://sede.getafe.es, mediante tarjeta VISA o Mastercard; o a través de las Entidades colaboradoras, en efectivo o cargo en cuenta, en cualquier oficina o banca electrónica.

Relación de entidades colaboradoras autorizadas: Banco Sabadell, Banco Santander, BBVA, Bankia, Caixabank e Ibercaja Banco.

Contribuyentes que tengan domiciliados los recibos: la fecha de cargo en su cuenta corriente se producirá el día 2 de noviembre.

Contribuyentes que no tengan domiciliado el pago: recibirán en su domicilio fiscal los documentos para proceder a su pago en los plazos y lugares indicados. Recordamos la importancia de declarar los datos y domicilio fiscal correcto para que puedan recibir estas comunicaciones. En caso de extravío o de no recibir en su domicilio alguno de los recibos que debiera pagar, podrán solicitar la expedición de un duplicado en la Oficina de Atención Tributaria, calle Ricardo de la Vega, número 5, de Getafe, o a través de la sede electrónica.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario para satisfacer la deuda, si esta no ha sido satisfecha, podrá pagarse con el recargo del 5 por 100 durante el período indicado en la casilla “Período de pago-en ejecutiva”, con el mismo documento. Transcurrido el plazo anterior, si la deuda no ha sido ingresada se exigirá por vía ejecutiva, sufriendo el incremento de los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora, y en su caso, las costas que correspondan.

Contra las liquidaciones podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante la Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria, en el plazo de un mes a contarse desde el día siguiente al final del período de exposición pública del padrón de contribuyentes, sin perjuicio de poner presentar cualquier otro que estime procedente.

El presente anuncio es sustitutivo de las notificaciones individuales de las deudas.

Para cualquier aclaración o duda pueden ponerse en contacto con la Oficina de Atención Tributaria o bien en el teléfono 911 883 668.

Getafe, a 26 de julio de 2021.—La Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria, José Ignacio Pulido Pulido.

(01/24.586/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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