Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
06-08-2021

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210806-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

20
EXTRACTO de la Resolución Rectoral de 29 de julio de 2021, de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convoca la VIII Convocatoria de Becas de Excelencia-Másteres Universitarios Oficiales en la Universidad Rey Juan Carlos del Consejo Social correspondientes al curso académico 2021-2022.

BDNS: 577838

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

Los destinatarios de estas becas son los alumnos de máster universitario de la Universidad Rey Juan Carlos que se matriculen en el curso 2021-2022.

Para la obtención de las becas objeto de la presente convocatoria, los alumnos deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma.

Requisitos generales

— Estar matriculado al menos de 60 créditos en estudios de másteres oficiales de la Universidad Rey Juan Carlos en el curso 2021-2022.

— Haber satisfecho las tasas de matrícula en la Universidad Rey Juan Carlos correspondientes al curso 2021-2022.

— Poseer una calificación media final en la titulación universitaria que de acceso a los estudios de máster universitario de al menos 7,5 puntos.

— Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.

— Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.

— No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— El compromiso de mantener estos requisitos durante el período de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención.

Segundo

Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto fomentar la excelencia en los estudios de postgrado en la Universidad Rey Juan Carlos mediante un régimen de concurrencia competitiva.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad (https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios).

Cuarto

Cuantía

La cuantía máxima de becas será de 50.000 euros, que se imputará a la partida presupuestaria 30CS 422C 48300, a la partida “Becas, formación y otras”.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será del día siguiente a la publicación de esta convocatoria al 24 de septiembre de 2021 ambos inclusive.

Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión.

Las solicitudes deberán presentarse, conforme el formulario oficial recogido en el Anexo I de la convocatoria, a través de la sede electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos, por el Registro General de la Universidad Rey Juan Carlos o por cualesquiera de los diferentes medios que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto

Otros datos

Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base IV de las bases reguladoras.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión de Valoración que estará constituida por una Presidencia, dos Vocales nombrados por el Vicerrectorado de Postgrado y una Secretaría, con voz, pero sin voto. Actuará como Presidente la Directora de la Escuela de másteres y como Secretario la Secretaria del Consejo Social de la Universidad Rey Juan Carlos.

Los criterios de baremación serán los que figuran en la base V de las bases reguladoras de la convocatoria.

Octavo

Resolución y recursos

El Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.

Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Móstoles, a 29 de julio de 2021.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/24.978/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210806-20