Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
09-08-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210809-31

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto de 22 de julio 2021, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, por el que se aprueba la convocatoria pública de los “Premios Captación de Talento en Innovación Tecnológica 2021” del Ayuntamiento de Madrid.

BDNS (Identif.): 578016

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.

1. Objeto.—Los “Premios Captación de Talento en Innovación Tecnológica 2021” buscan dar visibilidad a los mejores trabajos fin de máster y tesis doctorales presentados en el área de la innovación tecnológica en las universidades con sede en la Comunidad de Madrid. La finalidad de estos premios es la detección del talento en innovación tecnológica, con el fin de impulsar y fortalecer esta competencia entre los estudiantes universitarios madrileños.

La innovación tecnológica conecta la universidad con la industria y los negocios mediante la aplicación práctica de los resultados de la investigación científica. De esta forma se activa la transmisión de conocimiento de la universidad a la empresa, que redundará en aumento de la productividad y de la competitividad de la industria y, como consecuencia, en generación de empleo y mejora del nivel de vida de los ciudadanos.

2. Beneficiarios.—Podrán participar en los “Premios Captación de Talento en Innovación Tecnológica 2021” las personas físicas que presenten sus trabajos fin de máster y tesis doctorales defendidos y calificados antes de la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.

Los trabajos de fin de máster presentados deben haber sido calificados en el último año a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Las tesis doctorales presentadas deben haber sido defendidas en los dos últimos años a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Con carácter general, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 y en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, podrán acceder a la condición de beneficiarias de este premio aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

3. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 168, de 17 de julio de 2019).

4. Cuantía.—La cuantía total del premio asciende a 15.000 euros, desglosado en seis premios y cuatro accésits:

Trabajos de fin de máster:

A) Aspectos jurídicos y/o aspectos éticos relacionados con las nuevas tecnologías, con una dotación de 1.500 euros.

B) Mejor desarrollo tecnológico con potencial para la creación de empresas, con una dotación de 1.500 euros.

C) Proyecto más innovador en nuevas tecnologías, con una dotación de 1.500 euros.

Accésit 1: mejor trabajo de fin de máster relacionado con la innovación tecnológica y la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias, con una dotación de 500 euros.

Accésit 2: mejor trabajo de fin de máster relacionado con la innovación tecnológica y su aplicación a los servicios de la ciudad de Madrid, con una dotación de 500 euros.

Tesis doctorales:

A) Aspectos jurídicos y/o aspectos éticos relacionados con las nuevas tecnologías, con una dotación de 2.500 euros.

B) Mejor desarrollo tecnológico con potencial para la creación de empresas con una dotación de 2.500 euros.

C) Proyecto más innovador en nuevas tecnologías, con una dotación de 2.500 euros.

Accésit 1: mejor tesis doctoral relacionada con la innovación tecnológica y su aplicación a especialidades bio-médicas, con una dotación de 1.000 euros.

Accésit 2: mejor tesis doctoral relacionada con la innovación tecnológica y su aplicación a los servicios de la ciudad de Madrid, con una dotación de 1.000 euros.

Los criterios de valoración son los especificados en el apartado 11 de las bases de la convocatoria.

5. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y terminará a las 00:00 horas del 20 de septiembre de 2021. La fecha de comienzo del plazo se publicará en el portal de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es

La convocatoria completa se publicará en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y en su sede electrónica https://sede.madrid.es

6. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de Innovación y Emprendimiento y el Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.

7. Publicación.—El Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo publicará la resolución de los premios concedidos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y en la página web www.madrid.es

8. Abono de los premios.—Una vez presentada la documentación requerida en el apartado 12 de las bases de la convocatoria, el premio será abonado a los ganadores mediante transferencia bancaria al número de cuenta que se facilitó al efecto en el documento “T” de alta de pago por transferencia en la documentación presentada.

Atendiendo al apartado 5.d) de la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid, se procederá a practicar la retención fiscal que proceda, conforme a la normativa vigente, en el documento contable de reconocimiento de la obligación.

Madrid, a 22 de julio de 2021.—El delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (firmado).

(03/25.075/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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