Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
09-08-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210809-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Collado Mediano. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Teniendo previsto ausentarme de Collado Mediano desde el sábado día 31 de julio de 2021 hasta el día 13 de agosto de 2021, ambos inclusive, debe procederse a la sustitución de las facultades otorgadas a esta Alcaldía en el primer teniente de alcalde del Ayuntamiento, para permitirle desarrollar las facultades previstas por la Ley, así como el gobierno y administración municipales, mediante acto de delegación expresa en el ejercicio de cuantas atribuciones me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 43.1 del ROF, resuelvo:

Primero.—Delegar en D. José Antonio Blasco Fraile, primer teniente de alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período comprendido entre el 31 de julio y el 13 de agosto de 2021, ambos inclusive, por vacaciones de la alcaldesa.

Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cuarto.—La delegación conferida requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

Quinto.—La presente resolución se dará cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. La presente resolución surtirá efectos desde el día 28 de agosto de 2019, dando publicidad de la misma mediante publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que este celebre, para su conocimiento oportuno.

En Collado Mediano, a 28 de julio de 2021.—La alcaldesa, Irene Zamora Sánchez.

(03/24.795/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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