Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
09-08-2021

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210809-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

54
Morata de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en sesión celebrada el día 22 de julio de 2021, acordó aprobar inicialmente la modificación presupuestaria, mediante la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito que se detalla a continuación y por los importes que se indican.

El detalle de la modificación presupuestaria propuesta se adjunta como anexo.

ANEXO

En sesión celebrada el día 29 de marzo de 2021 el Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña aprobó el uso de 2.676.426,70 euros del remanente acumulado del municipio de Morata de Tajuña para la realización de proyectos fundamentales para desarrollo del municipio y para la mejora de las condiciones en distintos ámbitos para el conjunto de los vecinos y vecinas. Esta cuantía supuso la utilización del 48,56 por 100 del total del remanente acumulado, siendo este un total de 5.510.776,10 euros.

Todo hace indicar que el Consejo Europeo va a aprobar la suspensión de las reglas fiscales para el conjunto de la Unión, lo que conllevará la posibilidad del uso del remanente más allá del ejercicio 2021.

La incertidumbre antes este hecho es aún grande, con lo que, desde el Ayuntamiento de Morata de Tajuña, consideramos que la utilización de ese dinero que, hasta la llegada de la suspensión de las reglas fiscales, simplemente había servido para acumularse si posibilidad alguna de uso. Por tanto, no revertía en ningún beneficio para el conjunto de la sociedad.

Dicho lo cual, se ha planteado la posibilidad de aumentar la cuantía a utilizar del remanente que la cautela y el buen hacer de los distintos Equipos de Gobierno anteriores habían generado. Siempre manteniendo un porcentaje importante sin utilizar, para que como se señaló ya en el mes de marzo, no poner en peligro la capacidad de liquidez de las arcas municipales.

Los gastos que se plantean son las siguientes actuaciones:

Todos estos proyectos cuentan con el informe favorable del responsable del expediente tal y como se plasma en los informes debidamente justificados con criterios técnicos de todos y cada uno de los proyectos que se incluyen en el expediente 1182/2021. A la par que las aplicaciones presupuestarias son adecuadas a la naturaleza del gasto que se pretende realizar.

Estos son proyectos con carácter específico y determinado del gasto a realizar y que son imposibles de demorar hasta el ejercicio siguiente.

Todos los proyectos anteriormente tienen un coste total que asciende a 296.456,9 euros. Si unimos esta cuantía a los 2.676.426,70 euros aprobados anteriormente, hace un total de 2.972.823,6 euros. Utilizando por tanto el Ayuntamiento de Morata un 53,95% del total del remanente acumulado. Cifra que no compromete la liquidez futura de las arcas municipales.

Por todo lo anteriormente, vistos los informes de los responsables de los servicios, y vista la memoria incluida en el expediente 1182/2021 se propone:

Primero.—Aprobar inicialmente la modificación presupuestaria en la modalidad de crédito extraordinario cuyo detalle es el siguiente:

Segundo.—Aprobar inicialmente la modificación presupuestaria en la modalidad de suplemento de crédito cuyo detalle es el siguiente:

La generación de crédito se financia según se relaciona:

Tercero.—Exponer al público el presente expediente, previo anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones, comenzando el cómputo del plazo de exposición al día siguiente de su publicación en el citado Boletín, surtiendo efecto definitivo en el supuesto de que no se produzcan reclamaciones.

Morata de Tajuña, a 28 de julio de 2021.—El alcalde, Ángel M. Sánchez Sacristán.

(03/24.812/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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