Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
10-08-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210810-85

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

PERSONAL

85
Valdemoro. Personal. Plantilla personal

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de julio de 2021, aprobó los siguientes acuerdos que se publican a los efectos de lo dispuesto por el artículo 126.3 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

“Primero.—Aprobar inicialmente la modificación de la vigente plantilla en relación con el colectivo de auxiliares de ayuda a domicilio del Ayuntamiento de Valdemoro, del siguiente modo:

Segundo.—Estimar la solicitud expresa de la empleada con código 243 y adscribir al Servicio de Ayuda a Domicilio, ya que cumpliendo los requisitos y prestando las funciones de cuidado y atención a los usuarios, quienes, en su totalidad, presentan una situación de dependencia en distintos grados, no está actualmente adscrita a dicho Servicio.

Tercero.—Integrar en el Grupo IV, con la denominación Auxiliar de ayuda a domicilio IV, a las auxiliares de ayuda a domicilio del Ayuntamiento de Valdemoro que cumplen los requisitos normativos, con la aplicación de las correspondientes retribuciones, con fecha efecto el 1 de enero de 2018.

Resultando, por tanto, la siguiente relación de trabajadoras a integrar en el Grupo IV, Auxiliar de ayuda a domicilio IV:

Cuarto.—Reclasificar y adscribir las cinco plazas vacantes de auxiliar ayuda a domicilio, al Grupo IV, con la denominación Auxiliar de ayuda a domicilio IV, en el Servicio de Ayuda a Domicilio.

Quinto.—Mantener en el Grupo V, con la denominación Auxiliar de ayuda a domicilio V, y con sus actuales retribuciones, a las auxiliares de ayuda a domicilio del Ayuntamiento de Valdemoro que no cumplían con los requisitos normativos para llevar a cabo esta reclasificación, así como aquellas que, aún cumpliendo con el requisito de la formación y no estando actualmente adscritas al Servicio de Ayuda A Domicilio, han manifestado expresamente no estar interesadas en esta adscripción, o no han manifestado expresamente su solicitud de proceder a la misma.

Resultando, por tanto, la siguiente relación de trabajadoras a mantener en el Grupo V, Auxiliar de ayuda a domicilio V:

Sexto.—Someter el presente expediente de aprobación inicial a exposición al público, previo anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, comenzando el cómputo de plazo de exposición al día siguiente de su publicación en el citado boletín.

La modificación de la plantilla se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas y aprobar definitivamente el expediente”.

Valdemoro, a 30 de julio de 2021.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.

(03/24.983/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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