Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
10-08-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210810-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52

91
Madrid número 52. Procedimiento 149/2017

EDICTO

Doña Carmen Lara Rubido, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 52 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal 149/2017 (desahucio falta pago 250.1.1) entre Mountaintown, S. L. y D. Juan Antonio Bote Kobolo, en los que se ha dictado en fecha 26 de julio de 2018 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Sentencia número 206/2018

La juez/magistrada-juez, Dña. María Teresa Santos Gutiérrez.—En Madrid, a 26 de julio de 2018.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Dña. María Dolores de Arcos Gómez, en nombre y representación de Mountaintown, S. L., debo condenar y condena a la parte demandada don Juan Antonio Bote Kobolo, a pagar a la actora la cuantía de 8.835,75 euros euros, más intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda hasta el completo pago de la deuda.

Declarando la resolución contractual con expresa imposición de cotas a la parte demandada y condenando al demandado a que deje a disposición del actor la vivienda bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el plazo legal.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Juan Antonio Bote Kobolo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid.—La letrada de la Administración de Justicia, Carmen Lara Rubido.

(02/24.816/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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