Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2021

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210813-31

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

31
ADENDA de 20 de julio de 2021, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Federación Injucam para la Promoción de la Infancia y Juventud para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

Madrid, a 20 de julio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, don José Antonio Rey Álvarez, en nombre y representación de la Federación Injucam para la promoción de la infancia y juventud, en calidad de Presidente, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 50708, con domicilio social en calle Carpintería, número 12, primero, 28037 Madrid, cuyo NIF es G-82237827, y en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de sus estatutos.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la cuarta adenda de prórroga y

EXPONEN

Primero

El día 20 de diciembre de 2017 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia) y la Federación Injucam para la promoción de la infancia y juventud (en adelante, la Federación Injucam) para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social con vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018.

Segundo

La cláusula decimotercera de dicho convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h).2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de esta cláusula, el convenio ha sido objeto de tres prórrogas, suscritas por la Comunidad de Madrid (la primera, por la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia, y la segunda y tercera a través de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, ahora Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Federación Injucam mediante adendas formalizadas el 19 de diciembre de 2018, por la que fue prorrogado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019, el 12 de diciembre de 2019, por la que fue prorrogado desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 y el 15 de septiembre de 2020 por la que fue prorrogado desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Tercero

Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social.

Cuarto

Que, en virtud del informe emitido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid de fecha de 30 de octubre de 2019, por el que se establecen los criterios de actuación en los expedientes plurianuales, cuya tramitación se inicie a partir del 1 enero de 2020, la cuantía aportada por la Comunidad de Madrid se deberá imputar el importe correspondiente al mes de diciembre con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la cuarta prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimotercera del convenio suscrito el día 20 de diciembre de 2017, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

Segunda

Financiación

1. El coste total del proyecto para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y adolescencia en situación de desventaja y dificultad social en la Comunidad de Madrid es de 963.189,04 euros, IVA exento.

2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid ascenderá a la cantidad de 212.094,23 euros, IVA exento, que se realizará con cargo a la partida 25401 del programa 232F de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio presupuestario 2022, salvo la imputación presupuestaria de la ejecución del mes de diciembre que se hará con cargo al presupuesto del ejercicio 2023.

Se procede a tramitar el gasto con el siguiente desglose:

Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid se destinarán al cumplimiento de las obligaciones contenidas en la cláusula segunda del presente convenio, particularmente, para financiar y participar en un 22,02 por 100 del coste anual que supone la atención individual de los menores incluidos en el proyecto socioeducativo objeto del presente convenio, es decir, un importe por menor en el año 2022 de 507,40 euros. Por tanto, dicha aportación económica está vinculada al número de menores atendidos en cada uno de los recursos participantes atendidos, con una previsión de atención de 418 menores.

Todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del mismo en cada uno de los recursos donde se implemente, potenciando la intervención con los menores atendidos en proyectos de carácter preventivo, de formación y ocio saludable.

3. La Federación Injucam aportará al proyecto los medios humanos y materiales necesarios por valor de 751.094,81 euros, IVA exento.

Las cuantías aportadas por la Federación Injucam se destinarán al cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud de la cláusula tercera de este convenio, en particular, a sufragar los gastos de personal, medios materiales, instalaciones, bienes y suministros necesarios para la intervención con los menores atendidos en los recursos y entidades relacionados en el anexo adjunto del convenio que se prorroga. Dicha participación económica supone el 77,98 por 100 del coste anual de la atención individual de los menores incluidos en el proyecto socio-educativo objeto del presente convenio, es decir, un importe anual promedio por menor en el año 2022 de 1.796,88 euros.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes se firma la cuarta adenda de prórroga del convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de la fecha de la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 20 de julio de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—El Representante de la Federación Injucam, José Antonio Rey Álvarez.

(03/25.230/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210813-31