Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2021

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210813-36

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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ADENDA de 21 de julio de 2021, de modificación y prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación Proyecto Persona para el acogimiento residencial de menores de ambos sexos, de entre 3 y 18 años, con discapacidad intelectual y sin problemas conductuales graves hasta que alcancen la mayoría de edad, con medida de protección (guarda o tutela) asumida por la Comisión de Tutela del Menor de la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad.

Madrid, a 21 de julio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, la excelentísima señora doña María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, don Jorge Molino Madrigal, actuando en nombre y representación de la Fundación Proyecto Persona, inscrita en el Registro de Fundaciones con número de hoja personal 664, con domicilio en el paseo de Eduardo Dato, número 8, tercero izquierda, 28010 Madrid, en virtud de escritura pública de constitución de la Fundación denominada “Proyecto Persona”, número de protocolo 884, ante el notario de Madrid don Carlos Olona Schüller, el día 15 de septiembre de 2011.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y prórroga y

EXPONEN

Primero

El día 18 de diciembre de 2019 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y la Fundación Proyecto Persona para mantener una línea de colaboración en el acogimiento residencial de menores de ambos sexos, de entre tres y dieciocho años (hasta que alcancen la mayoría de edad), con discapacidad intelectual y sin problemas conductuales graves, con medida de protección (guarda o tutela) asumida por la Comisión de Tutela del Menor de la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad, con vigencia desde el 18 de diciembre de 2019 al 31 de diciembre de 2020.

Segundo

La cláusula decimoctava de dicho convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales, así como modificar el convenio de mutuo acuerdo mediante la suscripción de la correspondiente adenda, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.g) y h).2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de la misma, mediante adenda de modificación y prórroga formalizada con fecha 5 de agosto de 2020, el convenio ha sido objeto de una ampliación de tres a cuatro de las plazas convenidas, así como una prórroga para el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Tercero

Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un Programa de Acogimiento Residencial de menores de ambos sexos, de entre 3 y 18 años (hasta que alcancen la mayoría de edad), con discapacidad intelectual y sin problemas conductuales graves, con medida de protección (guarda o tutela) asumida por la Comisión de Tutela del Menor de la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad.

Cuarta

En virtud de este convenio con la Comunidad de Madrid la Fundación Proyecto Persona atiende a menores con discapacidad intelectual, sin problemas conductuales graves, y con edades comprendidas entre tres y dieciocho años, siendo cuatro el número de plazas convenidas. Asimismo, en la cláusula segunda de dicho convenio se recoge que podrán aumentarse o reducirse las plazas previo acuerdo de las partes, mediante propuesta razonada que deberá comunicarse con un mes de antelación.

Es preciso señalar que la demanda de atención a menores que presentan discapacidad intelectual y sin problemas conductuales graves se ha incrementado considerablemente y el trabajo en red con los demás recursos de la Red de Protección de Menores de la Comunidad de Madrid, sobre todo, con los centros de primera infancia, ha posibilitado una mejor atención de calidad y procurado un mayor bienestar a estos menores, por lo que se ha considerado el incremento de dos plazas adicionales al presente Programa, que la entidad está dispuesta a asumir a su cargo.

Quinta

El servicio prestado por la Fundación Proyecto Persona desde el inicio del convenio ha sido a plena satisfacción y con estricto cumplimiento de las condiciones pactadas, desarrollándose diversos programas de intervención personalizada y manteniendo la atención proporcionada un elevado nivel de calidad.

Es preciso señalar igualmente que el inmueble en el que se desarrolla la actividad residencial reúne y supera los requisitos precisos tanto a nivel de infraestructura como de dotaciones, mobiliario y materiales didácticos disponibles, y que la Fundación se hace cargo de todos los gastos.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la presente adenda de modificación y prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoctava del convenio suscrito el 18 de diciembre de 2019 y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.

Segunda

Modificación

La cláusula segunda queda redactada en los siguientes términos:

“El número de plazas es de seis, este podrá aumentarse o reducirse, previo acuerdo de las partes, que deberá comunicarse con un mes de antelación, mediante propuesta razonada de aumento o disminución”.

La ampliación del número de plazas convenidas, de cuatro a seis en los términos antes señalados, producirá efectos a partir del 1 de septiembre de 2021.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda de modificación y prórroga del convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de la fecha de la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 21 de julio de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—El representante de la Fundación Proyecto Persona, Jorge Molino Madrigal.

(03/25.243/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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