Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
17-08-2021

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210817-51

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

51
Madrid número 18. Procedimiento 1224/2021

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 1224/2021 entre D./Dña. CRISPINA ARCE ALONSO y D./Dña. CHILIMBAR CRUT por un presunto delito de Daños, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

El/la juez/magistrado-juez que lo dicta: D./Dña. ANGEL JOSE LERA CARRASCO.

Lugar: Madrid.

Fecha: 5 de julio de 2021.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este Juzgado se ha recibido atestado de Madrid - Comisaría de Tetuán por posible infracción penal cometida el 28-12-2019 en la localidad de Madrid.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito leve de Daños por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el artículo 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas de reparto vigentes.

SEGUNDO.- No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede, por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.

PARTE DISPOSITIVA

Incóese juicio por delito leve, registrándose como Juicio sobre delitos leves n.o 1224/2021.

Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, con reserva de las acciones civiles que pudieran corresponder al perjudicado, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al M.o Fiscal,

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.

Lo acuerda y firma S.S.a. Doy fe.

El/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Administración de Justicia

Y para que sirva de notificación a D./Dña. CRISPINA ARCE ALONSO expido y firmo la presente.

En Madrid, a 25 de julio de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/24.642/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210817-51