Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
19-08-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210819-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Ordenanza fiscal

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose presentado reclamaciones al acuerdo provisional del Pleno municipal en sesión celebrada el día 31 de mayo de 2021, dicho acuerdo se eleva a definitivo, incorporando la disposición transitoria y final con el texto que se recoge a continuación:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL EN TERRENOS DE USO PUBLICO POR MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA

Se incorpora una Disposición Transitoria y una Disposición Final con la redacción que se recoge a continuación:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Con motivo de la entrada en vigor del Estado de Alarma, aprobado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021, queda en suspenso la vigencia y aplicación de la presente ordenanza fiscal.

Este plazo podrá ser ampliado por acuerdo del pleno municipal si persisten las circunstancias excepcionales.

Los acuerdos de ampliación del plazo tendrán una duración máxima de un año.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza fiscal entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

Villaviciosa de Odón, a 17 de agosto de 2021.—El alcalde-presidente, Raúl Martín Galán.

(03/25.801/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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