Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
19-08-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210819-47

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

47
Madrid número 6. Ejecución 117/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 6 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 117/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RICARDO DIEZ GUERRA MARTINEZ y D./Dña. RICARDO DIAZ GUERRA frente a OVERWORK SERVICIOS INTEGRALES DE HOSTELERIA S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO nº 87/2021

Madrid, a 22 de julio de 2021

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.-. Por escrito presentado, el 23 de abril de 2021, se ha instado la ejecución de la sentencia y una vez firme la sentencia, se acordó despachar orden general de ejecución por Auto de 26 de abril de 2021, y por Diligencia de Ordenación de esa misma fecha se acuerda oír a las partes en el correspondiente incidente que se ha celebrado con el resultado que consta en la grabación audiovisual. Tras la diligencia acordada en el acto de la vista pasaron las actuaciones para resolver.

PARTE DISPOSITIVA

Declaro la extinción de la relación laboral que unía a D. Ricardo Díez Guerra Martínez y Overwork Servicios Integrales de Hostelería S.L a fecha de 22 de julio de 2021 cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes. Condeno a la mercantil Overwork Servicios Integrales de Hostelería S.L a abonar a la actora la cantidad de 3611,32 euros en concepto de indemnización, así como la cantidad de 15.102,72 euros en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al SEPE.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2504-0000-64-0117-21 y para pagos en ventanilla 2504-0000-64-0117-21.

Así lo acuerda, manda y firma Doña María Victoria Muñoz González, Magistrada de refuerzo del Juzgado de lo Social nº 06 de Madrid, en funciones de refuerzo.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a OVERWORK SERVICIOS INTEGRALES DE HOSTELERIA S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de julio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.789/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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