Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
19-08-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210819-48

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

48
Madrid número 16. Ejecución 87/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 87/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FANNY ESTELA HUESO SANCHEZ frente a GRUPO JASP SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO nº 118/2021

Madrid, a 22 de julio de 2021.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.-. Por escrito presentado, el 18 de marzo de 2021, se ha instado la ejecución de la sentencia y una vez firme la sentencia, se acordó despachar orden general de ejecución por Auto de 23 de marzo de 2021, y por Diligencia de Ordenación de esa misma fecha se acuerda oír a las partes en el correspondiente incidente que se ha celebrado con el resultado que consta en la grabación audiovisual. Tras la diligencia acordada en el acto de la vista pasaron las actuaciones para resolver. Se han cumplido las prevenciones legales excepto el plazo debido a la carga de trabajo.

PARTE DISPOSITIVA

Declaro la extinción de la relación laboral que unía a Dña FANNY ESTELA HUESO SÁNCHEZ y al GRUPO JASP S.L. a fecha de 22 de julio de 2021 cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes. Condeno a la mercantil GRUPO JASP S.L. a abonar a la actora la cantidad de 26.163,05 euros en concepto de indemnización, así como la cantidad de 11.569,37 euros en concepto de salarios de tramitación. Todo ello sin perjuicio de la condena fijada en sentencia de 457,53 euros junto con el 10% de interés en concepto de mora.

Notifíquese la presente resolución al FOGASA, a las partes y al SEPE.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2514-0000-64-0087-21 y para pagos en ventanilla 2514-0000-64-0087-21.

Así lo acuerda, manda y firma Doña María Victoria Muñoz González, Magistrada de refuerzo del Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid, en funciones de refuerzo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO JASP SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de julio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.786/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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