Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
23-08-2021

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210823-41

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 4

41
Fuenlabrada número 4. Procedimiento 857/2020

EDICTO

Don José Antonio Fernández Borrego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Fuenlabrada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 857/2020, instados por la procuradora doña María Elena Simarro Valverde, en nombre y representación de don Sergio Alba Quintans y doña Belén Carretero Lahoz, contra Dentoestetic Centro de Salud y Estética Dental, S. L. U. (Dentix), y doña Elena Muñoz Gutiérrez, en los que se ha dictado, en fecha 20 de mayo de 2021, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

“Que estimando parcialmente la demanda formulada por don Sergio Alba Quintans y doña Belén Carretero de la Hoz, en representación del hijo menor Aaron Alba Carretero, contra Dentoestetic Centro de Salud y Estética Dental, S. L. U. (Dentix), y doña Elena Muñoz Gutiérrez, debo condenar y condeno a dichas demandadas de forma solidaria a abonar a la parte actora la cantidad de 9.330,90 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda.

No se hace especial pronunciamiento en relación a las costas causadas”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandadas Dentoestetic Centro de Salud y Estética Dental, S. L. U. (Dentix), y doña Elena Muñoz Gutiérrez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Fuenlabrada, a 20 de mayo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/21.650/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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