Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 204

Fecha del Boletín 
27-08-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210827-39

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

39
Móstoles número 2. Ejecución 216/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles, HAGO SABER:

Que en la Ejecución 216/2020, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MAIKA FERRERO BARBA frente a DARYBO GESTION INTEGRAL DE MANTENIMIENTO S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 04/08/2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 12.486,18 euros de principal (correspondiendo 1.582,35 euros en concepto de indemnización y 10.903,83 euros en concepto de cantidad); y 1.248,61 euros de intereses y costas provisionales, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado DARYBO GESTION INTEGRAL DE MANTENIEMIENTO S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de TRES DIAS a presentar en este juzgado desde su notificación, y cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco Santander y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DARYBO GESTION INTEGRAL DE MANTENIEMIENTO S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a cinco de agosto de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/25.428/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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