Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
02-09-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210902-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Régimen económico. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de 11 de agosto de 2021, de la Agencia para el Empleo de Madrid, para el año 2021, destinada a entidades e instituciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de un proyecto para la formación y profesionalización en el sector de las tecnologías y la comunicación (TIC) como desarrolladores de aplicaciones web, dirigido a jóvenes con riesgo de exclusión del mercado laboral.

BDNS: 580248

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarias las entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro. Habrán de presentar un proyecto para la formación y profesionalización, dirigido a jóvenes desempleados, con riesgo de exclusión del mercado laboral.

Segundo. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la puesta en marcha, implantación y desarrollo de un proyecto para la formación y profesionalización en el sector de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

El proyecto se concretará en formar a un mínimo de 24 jóvenes como desarrolladores “full stack web”, esto es como encargados de manejar cada uno de los aspectos relacionados con la creación y el mantenimiento de una aplicación web.

La actividad se desarrollará en los años 2021 y 2022 y se extenderá por un período de doce meses desde la concesión definitiva de la subvención.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013 modificada por el acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.

Cuarto. Cuantía.—El crédito total destinado a esta convocatoria se cifra en 150.000 euros. Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/489.01 “Transferencia a instituciones sin ánimo de lucro” del presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid de 2021.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—El procedimiento de concesión de subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva mediante la comparación de las solicitudes presentadas, estableciéndose una prelación entre las mismas con arreglo a la puntuación obtenida.

La valoración total de cada solicitud será la suma de los puntos obtenidos en los distintos apartados, pudiendo obtener hasta un máximo de 100 puntos, de los que 20 corresponden al apartado relativo a la entidad solicitante y 80 al proyecto presentado. Más concretamente, la prioridad de valoración recaerá sobre la descripción, fines y metodología del proyecto presentado, así como sobre los resultados previstos constituyendo la prioridad de valoración los aspectos relacionados con la dinamización y formación para el empleo y la promoción de la inserción laboral.

Madrid, a 18 de agosto de 2021.—La gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

(03/26.150/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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