Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
03-09-2021

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210903-34

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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ADENDA de 23 de agosto de 2021, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación Acrescere, para colaborar en el Plan de Autonomía Personal 16-21: Programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

Madrid, a 23 de agosto de 2021

REUNIDOS

De una parte, D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, D.a Blanca Arregui Minchero, en nombre y representación de la Fundación Acrescere, inscrita en el Registro de Fundaciones con el número 28-1584, con domicilio en la avenida Osa Mayor, número 19, 28023 Madrid, y NIF G-85833341, en virtud de la escritura pública de otorgamiento de poderes, número de protocolo 3652, ante el Notario de Madrid D. Manuel Hurle González, el día 17 de diciembre de 2009.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la segunda adenda de prórroga y

EXPONEN

Primero

El día 27 de diciembre de 2019 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y la Fundación Acrescere para mantener una línea de colaboración que redunde en beneficio de los objetivos que se pretenden alcanzar con el Plan de Autonomía Personal 16-21: Programa de Tránsito a la Vida Adulta 18-21, de alojamiento con acompañamiento educativo para jóvenes en riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid, con vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.

Segundo

La cláusula decimoprimera de dicho convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h). 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de la misma, con fecha 15 de julio de 2020 se formalizó adenda de prórroga del citado convenio para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.

Tercero

La cláusula decimoprimera del convenio también señala que las partes podrán modificar el convenio, de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda. En virtud de esta cláusula con fecha 30 de junio de 2021 se firmó adenda de modificación mediante la cual se amplió el número de plazas convenidas en 3, pasando estas a ser un total de 14.

Cuarto

Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un Programa de Alojamiento y Acompañamiento Educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid.

Quinto

Que el servicio prestado por la Asociación Acrecere desde el inicio del convenio ha sido realizado a plena satisfacción y con estricto cumplimiento de las condiciones pactadas, manteniendo la atención proporcionada un elevado nivel de calidad.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la segunda adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del convenio suscrito el 27 de diciembre de 2019, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

Segunda

Financiación

1. El coste total de la colaboración convenida para el Programa de Alojamiento y Acompañamiento Educativo para 14 plazas destinadas a jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid para el período de vigencia proyectado del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 asciende a 153.300,00 euros, IVA exento, sobre la base de un coste usuario/día de 30,00 euros.

2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid, sobre la base de 15,00 euros usuario/día, supondrá un coste total de 76.650,00 euros, IVA exento, con cargo a la partida 25401 del programa 232F de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, salvo la imputación presupuestaria de la ejecución del mes de diciembre que se hará con cargo al presupuesto del ejercicio 2023.

Se procede a tramitar el gasto con el siguiente desglose:

Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid se destinarán al cumplimiento de lo estipulado en el apartado 6 de la cláusula segunda del convenio que se prorroga, participando en un 50 por 100 del coste total, en la atención individual de los jóvenes incluidos en el proyecto socioeducativo objeto del convenio que se prorroga. Esta cantidad se destinará, preferentemente, a sufragar gastos derivados de alojamiento, manutención y necesidades básicas (vestuario, abono transporte…). Todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del convenio y demás compromisos recogidos en la citada cláusula segunda.

3. Por su parte, la Fundación Acrecere aportará al proyecto medios humanos y materiales por valor de 76.650,00 euros.

La aportación de la Fundación Acrecere, en cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud de la cláusula tercera de este convenio, de conformidad con lo descrito en la cláusula primera, se destinará a sufragar gastos de personal, instalaciones, medios materiales, bienes y suministros necesarios para la prestación del servicio, participando así en un 50 por 100 del coste total del Programa de Alojamiento y Acompañamiento Educativo objeto del convenio.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la segunda adenda de prórroga del convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid o, en ausencia de la fecha de la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 23 de agosto de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—El representante de la Fundación Acrescere, Blanca Arregui Minchero.

(03/26.093/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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