Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
03-09-2021

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210903-35

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

35
ADENDA de 23 de agosto de 2021, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Barró, para desarrollar un programa de intervención integral con familias y menores en la Cañada Real Galiana y el Gallinero.

Madrid, a 23 de agosto de 202­1.

REUNIDOS

De una parte, D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, D.a Rosa del Campo Vara González, en nombre y representación, en su calidad de Presidenta, de la Asociación Barró, inscrita en Registro Nacional de Asociaciones con el numero número 591644, con domicilio social en avenida Pablo Neruda, número 69, 28038 Madrid, y NIF G-81037822, actuando en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 21 de sus Estatutos.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la adenda de modificación y

EXPONEN

Primero

El día 27 de diciembre de 2019, se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y la Asociación Barró para desarrollar un programa de intervención integral con familias y menores en la Cañada Real y El Gallinero, objeto del programa con vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020.

Segundo

La cláusula decimotercera de dicho convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h). 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de la misma, mediante adenda formalizada con fecha 16 de octubre de 2020, se prorrogó el convenio para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.

Asimismo, la cláusula decimotercera de dicho convenio contempla que las partes firmantes podrán modificar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

Tercero

Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social.

Cuarto

Que todas las partes desean modificar el convenio para incrementar en 10 plazas en el servicio de prevención y atención a la infancia y adolescencia pasando estas a ser un total de 45 plazas.

Quinto

Que, en virtud del Informe emitido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid de fecha de 30 de octubre de 2019, por el que se establecen los criterios de actuación en los expedientes plurianuales cuya tramitación se inicie a partir del 1 enero de 2020, la cuantía aportada por la Comunidad de Madrid, se deberá imputar el importe correspondiente al mes de diciembre con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la modificación del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Modificación de la cláusula primera del convenio

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimotercera del convenio suscrito el 27 de diciembre de 2019, se modifica de mutuo acuerdo el convenio con la presente adenda, incrementando el número de plazas del “Servicio de prevención y atención a la infancia y adolescencia” en diez (10) pasando estas a ser un total de cuarenta y cinco (45) plazas, siendo la fecha de inicio de la modificación el 1 de septiembre de 2021.

Las partes acuerdan dar una nueva redacción al último párrafo de la cláusula primera del convenio:

Las actividades descritas, que únicamente se interrumpirían durante el mes de agosto, constituyen el escenario de intervención del proyecto socio-educativo de ambos servicios, con una previsión total de:

1. Servicio de prevención y atención a familias, infancia y adolescencia: previsión de 45 menores a atender junto con sus familias y con un coste individual de dicha atención que se cifra en un importe anual de 2.304,28 euros por menor.

2. Servicio de mediación social: previsión de 105.869,95 euros al año.

Segunda

Modificación de la totalidad de la cláusula segunda del convenio

Corresponde a la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social (anteriormente denominada Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad):

1. Apoyar técnicamente y favorecer el desarrollo del convenio en cada uno de los recursos donde se desarrolle.

2. Elaborar el procedimiento de las altas y bajas en cada recurso.

3. Revisar mensualmente las incorporaciones y bajas, y el cumplimiento de los requisitos de acceso al recurso.

4. Tramitar la incorporación de nuevas altas en los casos de detección de menores en situación de riesgo de desprotección detectadas por la DGIFN.

5. Elaborar el modelo de Proyecto Educativo Individual (PEI) que contemple objetivos, actividades, indicadores de consecución y resultados esperados, así como el tiempo estimado de consecución de los objetivos previstos. Las actividades a desarrollar estarán enmarcadas en las áreas de intervención reflejadas en la cláusula primera de este documento.

6. Revisar las memorias de actividades y programaciones que, con carácter anual, deberá elaborar la Asociación Barró.

7. Revisar mensualmente las certificaciones del gasto de cada entidad a que hace referencia el apartado 1.o de la cláusula décima del Convenio.

8. Dirigir y facilitar a la Asociación Barró la oferta formativa y de actividades complementarias que contribuyan a prevenir la aparición de situaciones de desventaja y, en consecuencia, a minimizar la acumulación de factores de riesgo y a incrementar los factores de protección.

9. Dirigir y gestionar las diferentes acciones de supervisión y control necesarios para asegurar la adecuada prestación del servicio y su adecuado funcionamiento.

10. Abonar la cuantía económica a que hace referencia la cláusula novena.

Trecera

Modificación del punto nueve de la cláusula tercera del convenio

“El abono de la cuantía económica mediante la aportación de medios materiales y personales a que hace referencia la cláusula novena. El incumplimiento o imposibilidad de hacer efectiva dicha aportación, será causa de resolución del convenio en los términos señalados en la cláusula decimosegunda”.

Cuarta

Modificación de la financiación del convenio

Apartado A). Modificación del convenio desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2021.

1. El coste total del proyecto para desarrollar un programa de intervención integral con familias y menores en la Cañada Real y el Gallinero en la Comunidad de Madrid es de 194.898,95 euros, con el siguiente desglose:

2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid asciende a la cantidad de 78.213,01 euros, IVA exento, con cargo al subconcepto 25401 del programa 232F de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid, se destinarán al cumplimiento de las obligaciones contenidas en la cláusula segunda del presente convenio, particularmente, para financiar y participar en un 50,06 por 100 del coste anual del Servicio de Mediación Social intercultural y en un 28,32 por 100 del coste anual que supone la atención individual de los menores incluidos en el Servicio de Prevención y Atención a la Infancia y Adolescencia. En el caso de este último, la aportación económica está vinculada al número de menores atendidos, materializándose en un importe por menor de 652,57 euros.

Todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del convenio, potenciando la intervención con los menores atendidos en proyectos de carácter preventivo, de formación y ocio saludable.

3. La Asociación Barró aportará al proyecto medios humanos y materiales por valor de 116.685,94 euros.

Las cuantías aportadas por la Asociación Barró se destinarán al cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud de la cláusula tercera de este convenio, en particular, a sufragar gastos de personal, medios materiales, instalaciones, bienes y suministros necesarios para la intervención con los menores. Dicha participación económica supone el 49,94 por 100 del coste anual del Servicio de Mediación Social y un 71,68 por 100 del coste anual que supone la atención individual de los menores incluidos en el Servicio de Prevención y Atención a la Infancia y Adolescencia, suponiendo un importe por menor de 1.651,71 euros.

Apartado B). Modificación de la cláusula novena financiación:

1. El coste total del proyecto para desarrollar un programa de intervención integral con familias y menores en la Cañada Real y el Gallinero en la Comunidad de Madrid es de 209.562,55 euros.

2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid ascenderá a la cantidad de 82.365,74 euros, IVA exento, con cargo al subconcepto 25401 del programa 232F de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid, se destinarán al cumplimiento de las obligaciones contenidas en la cláusula segunda del presente convenio, particularmente, para financiar y participar en un 50,06 por 100 del coste anual para el Servicio de Mediación Social intercultural y en un 28,32 por 100 del coste anual que supone la atención individual de los menores incluidos en el Servicio de Prevención y Atención a la Infancia y Adolescencia. En el caso de este último, la aportación económica está vinculada al número de menores atendidos, materializándose en un importe por menor de 652,57 euros.

Todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del convenio, potenciando la intervención con los menores atendidos en proyectos de carácter preventivo, de formación y ocio saludable.

3. La Asociación Barró aportará al proyecto medios humanos y materiales por valor de 127.196,81 euros.

Las cuantías aportadas por la Asociación Barró se destinarán al cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud de la cláusula tercera de este convenio, en particular, a sufragar gastos de personal, medios materiales, instalaciones, bienes y suministros necesarios para la intervención con los menores atendidos en los recursos relacionados en el Anexo I. Dicha participación económica supone el 49,94 por 100 del coste anual del Servicio de Medición Social y un 71,68 por 100 del coste anual que supone la atención individual de los menores incluidos en el Servicio de Prevención y Atención a la Infancia y Adolescencia, suponiendo un importe por menor en el de 1.651,71 euros.

Quinta

Fecha de efectos

Las modificaciones surtirán efecto a partir del 1 de septiembre de 2021.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la adenda de modificación del convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de la fecha de la firma, la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 23 de agosto de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—El representante de la Asociación Barró, Rosa del Campo Vara González.

(03/26.094/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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