Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
03-09-2021

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210903-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Código asignado por la BDNS: 581262.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de la ayuda el progenitor, tutor o acogedor de un alumno escolarizado durante el curso escolar 2021-2022 en Educación Primaria, 1.o y 2.o de Educación Secundaria Obligatoria o el equivalente de estos cursos en Educación Especial que solicite la ayuda y cumplan los requisitos de esta convocatoria.

Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria es conceder ayudas a las familias con hijos matriculados en Educación Primaria, 1.o y 2.o de Educación Secundaria Obligatoria o el equivalente de estos cursos, en Educación Especial para compensar los gastos de material escolar del curso 2021-2022.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012.

Cuarto. Cuantía.—El importe global máximo de las ayudas convocadas para el curso escolar 2021-2022 asciende a 260.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 61.3261.48003 (“Ayudas para la Educación”) del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para el año 2021.

Dicho crédito resulta ampliable mediante una cuantía adicional de 240.000 euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 58.2.a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, y siempre que la modificación se apruebe con anterioridad a la resolución de concesión y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

La ayuda concedida será de hasta 100 euros por cada hijo, o menor tutelado o acogido, empadronado en el municipio y escolarizado durante el curso 2021/2022 en Educación Primaria, 1.o y 2.o de Educación Secundaria Obligatoria, o el equivalente de estos cursos en Educación Especial.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Del 7 de septiembre al 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive.

Sexto. Otros datos.—El modelo de solicitud estará disponible en la página web www.pozuelodealarcon.org, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (https://sede.pozuelodealarcon.es), en la en la sede de la Concejalía de Educación y en las Oficinas de Atención al Ciudadano de Pozuelo de Alarcón.

Dado que se trata de una ayuda que se justifica con carácter previo a su concesión, será necesario adjuntar, junto con la solicitud, las facturas justificativas del gasto y la acreditación de su pago.

En Pozuelo de Alarcón, a 25 de agosto de 2021.—El titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, P. D. (Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14 de julio de 2021), Eduardo Oria de Rueda Elorriaga.

(03/26.198/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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