Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 216

Fecha del Boletín 
10-09-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210910-51

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1

51
Majadahonda número 1. Procedimiento 462/2020

EDICTO

Doña Concepción Alvariño Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Majadahonda.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 462/2020, instados por el procurador don Ernesto García-Lozano Martín, en nombre y representación de Yasvin Enterprise, S. L., contra herencia yacente y/o comunidad hereditaria de los esposos don Lluis Castells Toha y doña Carmen Bertendona Castillo, herencia yacente y/o comunidad hereditaria de don Alfonso Gómez Gil Caviro y doña María Teresa Aizpurúa Reguero, en los que se ha dictado, en fecha 21 de julio de 2021, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando sustancialmente la demanda presentada por la Yasvin Enterprise, S. L., contra herencia yacente y/o comunidad hereditaria de los esposos don Lluis Castells Toha y doña Carmen Bertendona Castillo, herencia yacente y/o comunidad hereditaria de don Alfonso Gómez Gil Caviro y doña María Teresa Aizpurúa Reguero, debo declarar que:

Se declara el dominio a favor de la actora de la finca sita a la trasera del inmueble identificado con el número 7 de la calle Siroco, dentro de la antigua colonia de viviendas Bellavista (Majadahonda), su referencia catastral es 7915020VK2881S0001XX.

Se declara la validez, existencia y eficacia del título de propiedad de la actora respecto de la parcela mencionada, inscrita en el Registro de la Propiedad de Las Rozas como parte de la finca número 3.962. Se acuerda que la inscripción se practique en el Registro de la Propiedad de Majadahonda, con traslado de expediente registral.

Que la finca tiene la siguiente descripción: “Parcela de terreno en el término municipal de Majadahonda, al sito de Sacedilla, entre los puntos kilométricos 14/543,05 y 14/788,37 de la línea férrea de Madrid a Hendaya y a la izquierda de la vía. Mide la superficie de mil novecientos setenta y seis metros sesenta y cinco decímetros cuadrados, equivalentes a veinticinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve pies veinticinco décimos de otro, también cuadrados.

Linda al norte en línea quebrada compuesta de dos rectas, con resto de la finca de procedencia, hoy parcela de doña María del Pilar Rodríguez Gómez, en línea de cuarenta y seis metros; y con la finca de don José Luis Oriol, en ocho metros medio; al sur, en línea de cuarenta y tres metros setenta y cinco centímetros, también con el resto de la finca de que procede, hoy parcela de doña Lucía Nebot Ojeda; al este, línea de treinta y un metros veinticinco centímetros, con finca propiedad de la RENFE; y al oeste en línea de cuarenta y seis metros, con finca de la cooperativa Bellavista (hoy propiedad de doña Pilar Josefina Cascón Pato, chalet número 7, de la calle Siroco, en la localidad de Majadahonda.

Actualmente dicha parcela es la trasera o finca de recreo colindante al chalet número 7, de la calle Siroco, en la localidad de Majadahonda, otrora propiedad del transmitente, en la que estaba instalada una pista de tenis, siendo su cabida (según reciente medición) de unos dos mil dieciséis metros cuadrados (2.016 m2)”.

No se imponen las costas procesales a ninguna de las partes.

Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, conforme a los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debiendo presentarse el mismo en este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde el siguiente al de su notificación.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, herencia yacente y/o comunidad hereditaria de los esposos don Lluis Castells Toha y doña Carmen Bertendona Castillo, herencia yacente y/o comunidad hereditaria de don Alfonso Gómez Gil Caviro y doña María Teresa Aizpurúa Reguero, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este Tribunal.

En Majadahonda, a 21 de julio de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia.

(02/24.565/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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