Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 217

Fecha del Boletín 
11-09-2021

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210911-2

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

2
ADENDA de 24 de agosto de 2021, de modificación del Convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Comité Autonómico de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid en materia de emergencias.

En Pozuelo de Alarcón, a 24 de agosto de 2021.

REUNIDOS

De una parte, D. Carlos Novillo Piris, Viceconsejero de Interior y Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, nombrado por Decreto 95/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, hallándose facultado para la firma del presente Convenio según lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden 88/2020, de 13 de febrero, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se delega la firma de los convenios promovidos por las Direcciones Generales y unidades administrativas que le estén adscritas, así como por lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Francisco Gabriel Sánchez Parodi, en nombre y representación de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, con CIF: Q 2866001 G en calidad de Secretario de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, en adelante Cruz Roja, domiciliada en la calle Muguet número 7, 28004 de Madrid. Actúa en virtud del poder otorgado por el Notario de Madrid, D. Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno, el día 11 de julio de 2019, con el número 3.178 de orden de protocolo.

Todas las partes se reconocen, en la representación que ostentan, con plena capacidad jurídica para el otorgamiento del presente documento, y a tal efecto,

EXPONEN

Primero

Con fecha 19 de octubre de 2020 se firmó el Convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Comité Autonómico de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, en materia de emergencias, con el objeto de concretar las acciones a desempeñar por la Administración de la Comunidad de Madrid y por el Comité Autonómico de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, con el propósito de hacer lo más eficaz posible la participación de los recursos materiales y humanos de esta entidad junto con los servicios de emergencias de la Comunidad de Madrid, en actividades de protección ciudadana y de acuerdo con ello, definir y concretar los Equipos de respuesta inmediata en emergencias (ERIE) con los que cuenta el Comité Autonómico de Cruz Roja España en la Comunidad de Madrid, para dar respuesta a las emergencias y los mecanismos de activación y las causas en las que la Agencia de Seguridad y Emergencias 112 (ASEM) va a requerir de los mismos.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula tercera, “Financiación”, la Comunidad de Madrid realizará, previa certificación expedida por la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, una vez comprobada la realización de las actuaciones previstas en la cláusula segunda, una aportación económica de 30.000 euros a favor de Cruz Roja, a fin de garantizar que los diferentes equipos tengan el equipamiento y los RR. HH. necesarios disponibles para intervenir, en cualquier momento, acorde a los procedimientos establecidos.

Se consideran gastos justificables aquellos derivados de la propia intervención: combustible, material fungible, manutención de los equipos… Así como aquellos gastos necesarios para que el equipo pueda estar disponible:

— 25 por 100 de la nómina del coordinador de los equipos.

— Coste del Centro Coordinador de Cruz Roja.

— Formación del personal.

— Jornadas y simulacros de entrenamiento.

— Compra de equipamiento.

— Compra de uniformidad institucional Cruz Roja.

La aportación económica que la Comunidad de Madrid realiza a favor de Cruz Roja se realizará en un pago único para cubrir los gastos que pudiesen generarse para la mencionada entidad, en la actuación de emergencia para la cual se hubiesen activado por parte de la Agencia, los ERIE, o en la realización de los simulacros previstos en el Convenio y en el mantenimiento de los equipos para que estén disponibles.

Tercero

Que durante los nueve meses de vigencia del Convenio ha tenido lugar la borrasca “Filomena”, la nevada más importante caída en el territorio de la Comunidad de Madrid en al menos los últimos 50 años con unos espesores medios de entre 50 y 60 cm en la práctica totalidad de la región a lo que se unieron las intensas heladas acontecidas los días siguientes, siendo necesario por ello activar múltiples recursos los días que duró el suceso, entre otros, los ERIEs de albergue y de búsqueda y salvamento de Cruz Roja.

Y, por otro lado, la búsqueda una menor en las aguas del Pantano de San Juan para lo cual se desplegó un importante dispositivo durante 6 días en el que Cruz Roja Española participó activamente con el despliegue de sus ERIEs de albergue, atención psicosocial y búsqueda y salvamento, superándose con ello el importe previsto inicialmente para el capítulo “gasto variable”.

Cuarto

En virtud de lo dispuesto en la cláusula quinta, “el Convenio podrá ser modificado, en cualquier momento, a requerimiento de alguna de las partes y, en su caso, modificarse por acuerdo expreso de ambas, mediante adenda o nuevo Convenio”.

Por todo cuanto antecede, ambas partes acuerdan modificar el presente Convenio y suscribir una adenda, con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera

El objeto de la presente adenda es la modificación del Convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Comité Autonómico de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid en materia de emergencias, firmado el 19 de octubre de 2020, de acuerdo con lo previsto en las cláusulas siguientes.

Segunda

Se acuerda la modificación de la cláusula tercera del Convenio en los siguientes términos: La Comunidad de Madrid realizará, previa certificación expedida por la Viceconsejería de Interior y Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, una vez comprobada la realización de las actuaciones previstas en la cláusula segunda, una aportación económica de 38.042,54 a favor de Cruz Roja, a fin de garantizar que los diferentes equipos tengan el equipamiento y los RRHH necesarios disponibles para intervenir, en cualquier momento, acorde a los procedimientos establecidos.

La aportación económica que la Comunidad de Madrid realiza a favor de Cruz Roja se realizará en un pago único para cubrir los gastos que pudiesen generarse para la mencionada entidad, en la actuación de emergencia para la cual se hubiesen activado por parte de la Agencia, los ERIE, o en la realización de los simulacros previstos en el Convenio y en el mantenimiento de los equipos para que estén disponibles.

El pago a Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, por parte de la Comunidad de Madrid, se realizará mediante transferencia previa certificación de conformidad firmada por la Dirección General competente en materia de Emergencias y previa justificación por parte de Cruz Roja del cumplimiento de los compromisos adquiridos en la cláusula segunda del Convenio, mediante la aportación de las facturas y demás justificantes que correspondan.

La imputación presupuestaria será al subconcepto 22802 del Programa 134A “Emergencias” del vigente presupuesto de gastos.

Por ello, y en prueba de conformidad, firman el presente documento, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 24 de agosto de 2021.—El Viceconsejero de Interior y Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, Carlos Novillo Piris.—El Secretario del Comité Autonómico de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, Francisco Javier Sánchez Parodi.

(03/26.241/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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