Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
13-09-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210913-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12

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Madrid número 12. Procedimiento 142/2019

EDICTO

Don Miguel Ángel Arribas Martín, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 12.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal 142/2019, instados por Banco Sabadell, S. A., contra doña Rocío Palacios de la Cruz y don Manuel López García, se ha dictado, en fecha 6 de mayo de 2021, sentencia cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 115/2021

En Madrid, a 6 de mayo de 2021.—Vistos por mí, María de las Nieves Gómez Martínez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 12 de los de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal, seguidos en este Juzgado, y registrados bajo el número 142/2019, promovidos a instancias de Banco Sabadell, S. A., representado por el procurador de los Tribunales don Marcelino Bartolomé Garretas, y defendido por el letrado don José Manuel Alburquerque, contra don Manuel López García y doña Rocío Palacios de la Cruz, en situación de rebeldía procesal, en nombre de Su Majestad el Rey, he venido a dictar la presente, atendiendo al siguiente

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales don Marcelino Bartolomé Garretas, en nombre y representación de Banco Sabadell, S. A., contra don Manuel López García y doña Rocío Palacios de la Cruz, se condena a don Manuel López García y doña Rocío Palacios de la Cruz a la devolución a Banco Sabadell, S. A., de la cantidad de 1.096,50 euros, cada uno de ellos, más los intereses que se devenguen desde la presentación de la demanda hasta su efectivo pago.

Con condena de los demandados al pago de las costas judiciales.

Líbrese testimonio de la presente para su unión a los autos de que dimana, publicándose la original en el libro de sentencias y autos definitivos de este Juzgado.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la LEC).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, doña Rocío Palacios de la Cruz y don Manuel López García, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 20 de mayo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/19.364/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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