Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
15-09-2021

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210915-42

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

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Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Economía, Hacienda, Patrimonio, Comunicación, Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 4303/2021, de fecha 1 de septiembre, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

"1.o Designar, como nuevos miembros titulares y suplentes de la vocalía primera del proceso selectivo convocado para la cobertura, en régimen de personal laboral fijo, por el procedimiento selectivo extraordinario de Consolidación de Empleo Temporal, mediante el sistema de concurso, de una plaza de oficial electricista, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, nombrados por Decreto número 3135/2021, de fecha 17 de junio, del segundo teniente de alcalde (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 154, de fecha 30 de junio de 2021), del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, y con motivo de circunstancias sobrevenidas que afectan a los designados inicialmente, a los siguientes:

— Titular: doña María A. García Blázquez, administrativo-jefe de Negociado del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

— Suplente: doña M.a Antonia Hernández Hernández, auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, y web municipal.

3.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10 de abril de 2014.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente".

En Boadilla del Monte, a 2 de septiembre de 2021.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Economía, Hacienda, Patrimonio, Comunicación, Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.

(01/26.642/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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