Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
15-09-2021

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210915-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OTROS ANUNCIOS

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Boadilla del Monte. Otros anuncios. Candidatura juez de paz

Finalizando el mandato el 16 de febrero de 2022 del juez de paz titular actual, por esta Concejalía, en virtud de las facultades delegadas por la Alcaldía, ha dictado, en esta fecha, decreto por el que se efectúa convocatoria para la provisión de dicha vacante, conforme a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y artículo 5 y siguientes del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, aprobado por acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995.

Interesados: los interesados/as en su nombramiento para el desempeño del citado cargo, que reúnan las condiciones legalmente establecidas y no incurran en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentarán solicitud dirigida a la Alcaldía de este Ayuntamiento, previo registro en el Registro General (sito en calle Juan Carlos I, 28660 Boardilla del Monte).

Documentación: junto con la solicitud, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI.

b) Certificado negativo de antecedentes penales.

c) Declaración responsable (Anexo I) en la que, además de indicar sus datos personales y un teléfono de contacto, consten los siguientes extremos:

1. Ser español/a, mayor de edad, no estar impedido/a física o psíquicamente para la función judicial.

2. Que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.

3. Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

4. Que no ha sido condenado/a por delito doloso o, en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación.

5. Que no está procesado/a o inculpado/a por delito doloso.

6. Que no está incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad previstas en el artículo 303, ni de incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397, todos ellos de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

d) Declaración responsable (Anexo II) en la que consten los siguientes extremos: si está afiliado o no a algún partido político o sindicato o trabaja para ellos, si está o no colegiado como abogado o procurador ejerciente, así como si es o no funcionario o empleado de alguna Administración Pública.

e) Breve currículo sobre formación y actividades profesionales, indicando, en su caso, puesto de trabajo que desempeña en el momento de formular solicitud y características del mismo.

Ante las dudas que se susciten, la Concejalía-Delegada de Coordinación podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.

Plazo: el plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del correspondiente anuncio-edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Elección: las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido se someterán, previo estudio de las mismas, a la consideración del Pleno de este Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, que procederá, mediante acuerdo adoptado por mayoría absoluta, a la elección, de entre las interesadas, de la persona idónea para el desempeño del puesto que se convoca.

Boadilla del Monte, a 3 de septiembre de 2021.—El concejal-delegado de Coordinación, Jesús Egea Pascual.

(03/26.692/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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