Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
15-09-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210915-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 77

55
Madrid número 77. Procedimiento 924/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) 924/2018, entre Santander Consumer EFC, S. A., y don Miguel Ángel Pulamarin Taxiguano, en reclamación de 4.204,77 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 78/2020

Madrid, a 5 de junio de 2020.—Doña María Paloma Bela Rodríguez de Zabaleta, magistrada-juez de Juzgado de primera instancia número 77 de Madrid, ha visto las presentes actuaciones de juicio verbal seguidos en este Juzgado con el número 924/2018, a instancias de Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., representado por el procuradora doña Dolores Alcocer Antón, y dirigidos por el letrado don Francisco Muñoz Arribas, contra doña Mayra Alejandra Casnanzuela Chisaguano y don Miguel Ángel Pulamarin Taxiguano, declarados en rebeldía.

Fallo

Estimar sustancialmente la demanda interpuesta por Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., contra doña Mayra Alejandra Casnanzuela Chisaguano y don Miguel Ángel Pulamarin Taxiguano, y condeno solidariamente a doña Mayra Alejandra Casnanzuela Chisaguano y don Miguel Ángel Pulamarin Taxiguano, al pago de 4.204,77 euros, más los intereses legales expresados en el fundamento de derecho cuarto, con imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, contra ella no cabe interponer recurso de apelación, por lo que es firme.

Así, por esta sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos quedando el original en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la señora magistrada que la dictó constituido en audiencia pública en el día de la fecha. De lo que yo, la letrada de la Administración de Justicia.—Doy fe.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio mando y firmo.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación a don Miguel Ángel Pulamarin Taxiguano, expido y firmo la presente en Madrid, a 5 de marzo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/26.546/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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