Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 221

Fecha del Boletín 
16-09-2021

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210916-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

74
Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda. Procedimiento 902/2018

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

Dña. MARÍA DEL CARMEN PALOMA TUÑON LÁZARO, Letrada de la Administración de Justicia de la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

DOY FE: Que en el Procedimiento Ordinario 902/2018 en el que han actuado como parte demandante Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Madrid y como parte demanda el Ayuntamiento de Madrid y Ecologistas en Acción Madrid -AEDENAT- se ha dictado Sentencia en fecha 27/07/2020 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“FALLAMOS

Que con ESTIMACIÓN PARCIAL del recurso contencioso-administrativo interpuesto por el GRUPO POPULAR EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID, representado por el Procurador D. Francisco Miguel Redondo Ortiz, contra el Acuerdo del Pleno, de 5 de octubre de 2018, por el que se aprueba la Ordenanza de Movilidad Sostenible (BOCM de 23 de octubre de 2018), declaramos la nulidad del artículo 23 y de la Disposición Transitoria Tercera de la expresada Ordenanza. Todo ello, sin hacer expresa imposición de las costas causadas. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de casación que deberá prepararse ante esta Sala en el plazo de 30 días contados desde el siguiente al de su notificación; en el escrito de preparación del recurso deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, justificando el interés casacional objetivo que se pretenda. En su momento, devuélvase el expediente administrativo al departamento de su procedencia, con certificación de esta resolución. Así, por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos”.

Y para su publicación expido el presente edicto que firmo.

En Madrid, a 6 de septiembre de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/26.753/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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