Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
22-09-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210922-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

CONTRATACIÓN

O. A. Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Contratación. O. A. Agencia para el Empleo de Madrid. Mesa contratación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.d) de los estatutos del Organismo Autónomo Local Agencia para el Empleo de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 154, de 30 de junio de 2004), resuelvo:

En virtud de los artículos 63, 326, 327 y disposición adicional segunda, apartado 7, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como del artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y a la vista del informe propuesta debidamente motivado, emitido por la Subdirección General de Administración y Gestión Económico-Financiera en fecha 6 de septiembre de 2021,

Primero.—Aprobar la modificación parcial del apartado “Primero” de la resolución de 15 de octubre de 2019, de la gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, por la que se designan, con carácter permanente, los miembros de la mesa de contratación del Organismo Autónomo, en los términos que a continuación se indican:

“Presidencia: la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos, Relaciones Institucionales y Comunicación, la persona titular de la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo del Organismo o cualquier otra persona funcionaria del Organismo, con el mismo nivel de complemento de destino que las anteriores.

Las personas anteriormente enumeradas se suplirán en la presidencia indistintamente, en caso de vacante, ausencia o enfermedad. Supletoriamente, se aplicarán las reglas previstas en el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativas a la suplencia.

Vocalías:

Cualquier persona trabajadora del Organismo, perteneciente a los grupos A1 o A2, adscrita a la Subdirección General de Administración y Gestión Económico-Financiera.

Segundo.—La presente resolución surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el “perfil del contratante” del Ayuntamiento de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Madrid, a 6 de septiembre de 2021.—La gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, María Belén García Díaz.

(03/27.117/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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